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11 Dic 2024
11 Dic 2024
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Begoña Gómez señala que las 11 cuentas bancarias con 40 euros es una lista “errónea“

de 40 euros. El abogado encargado de la defensa de Begoña Gómez ha instado al juez Peinado que proteja también los datos personales de la esposa de Sánchez
Bego

La esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, ha transmitido al juez encargado de su caso, Juan Carlos Peinado, que la información bancaria que ha recibido es “absolutamente errónea”. La cuestión a la que hace referencia es la lista de 11 cuentas bancarias que cuentan con un saldo de 40 euros.

El abogado encargado de la defensa de Begoña Gómez ha instado al juez Peinado a que proteja también los datos personales de la esposa de Sánchez. El motivo de esta petición es que no quieren que dicha información caiga en “manos de terceros”. Incluida la prensa.

El escrito presentado ante el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid que: “Tanto en cuanto a la identificación de las cuentas de las que es titular, puesto que aparecen cuentas que no son en la actualidad titularidad de la misma; y, sobre todo, en cuanto a los saldos, puesto que es totalmente incierto que estas cuentas tengan casi todas ellas un saldo cero”.

Así mismo, el texto ha referencia al listado de 11 cuentas bancarias remitido al juez Peinado, después de que este ordenara “consultar la numeración de las cuentas corrientes en las que figure como titular Begoña Gómez”. De las 11 cuentas del listado remitido al juez Peinado, cinco son en condición de “titular”, dos en calidad de “autorizado” y cuatro como “representante”.

Begoña Gómez niega que las once cuentas bancarias sean suyas

 Así mismo, de las once cuentas presentadas, únicamente se refleja algo en dos en las que Begoña Gómez aparece como titular. Una de ellas con 40,10 euros y otra con 0,15 euros. El resto de cuentas están a cero.

El abogado de Begoña Gómez, Antonio Camacho, ha señalado también en dicho escrito remitido a juez Peinado, que “pese a que en teoría el acceso a las pruebas aportadas durante un procedimiento judicial resulta, sin duda, muy limitado en la práctica, quedando accesibles únicamente a los jueces y tribunales, fuerzas y cuerpos de seguridad y a las partes procesales implicadas, nada impide que otras personas (…) puedan tener acceso a las mismas”.

Así mismo expone: “la obtención y aportación de pruebas no debe vulnerar derechos ni libertades fundamentales y, entre ellos, tampoco la protección de datos personales”.

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