La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ha declarado inadmisible el recurso de revisión presentado por el excandidato Enrique Márquez, en el cual se solicitaba la anulación de la sentencia emitida por la Sala Electoral el 22 de agosto, que reconocía como ganador de las elecciones presidenciales a Nicolás Maduro. La decisión fue comunicada el 11 de octubre a través del canal estatal VTV.
Argumentos del recurso de revisión
Márquez, quien presentó su solicitud el 25 de septiembre, argumentó que el proceso electoral del 28 de julio estuvo viciado de inconstitucionalidad y solicitó que se garantizara el respeto a la voluntad popular expresada en las urnas. Su demanda también incluía la exigencia de una revisión detallada de los resultados, debido a que su equipo, a diferencia del grupo liderado por María Corina Machado y Edmundo González, no contaba con las actas de votación.
A pesar de estos argumentos, la Sala Constitucional desestimó la petición, basándose en el peritaje realizado por expertos nacionales e internacionales, el cual, según indicaron los magistrados, concluyó que los resultados emitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE) estaban respaldados por las actas de escrutinio emitidas por dicho órgano.
Respuesta del TSJ y el CNE
Los magistrados enfatizaron la validez de las elecciones por razones de «paz social», declarando que no existen elementos suficientes para invalidar los resultados reconocidos por la Sala Electoral. Según el TSJ, el peritaje contratado en agosto de 2024 permitió corroborar que los boletines del CNE coinciden con las actas emitidas en cada mesa electoral, rechazando así las acusaciones de fraude presentadas por la oposición.
El Tribunal también recordó que Edmundo González Urrutia, uno de los líderes de la oposición, no presentó material electoral ante las instancias judiciales para respaldar sus alegatos de fraude. A pesar de esto, exhortaron al Consejo Nacional Electoral a publicar los resultados en la Gaceta Electoral en un plazo de 30 días, un mandato que hasta la fecha no ha sido cumplido.
La Sala Constitucional también hizo referencia a la obligación de la Fiscalía General de la República de investigar posibles delitos vinculados al proceso electoral, tales como forjamiento de documentos públicos, conspiración y asociación para delinquir. Estos delitos se relacionarían con las actas publicadas por la oposición en la página web resultadosconvzla.com, un esfuerzo por parte de los detractores del gobierno de Maduro para demostrar la supuesta manipulación de los resultados electorales.
Tras los comicios del 28 de julio, el gobierno de Nicolás Maduro ha enfrentado una grave crisis de legitimidad. La oposición, que calificó el proceso como fraudulento, ha insistido en que el CNE no ha publicado los resultados desagregados por mesa ni las actas de escrutinio.
El rechazo de los resultados ha provocado una ola de protestas en toda Venezuela, que dejaron un saldo de al menos 27 personas fallecidas y 2.400 detenidos en los días posteriores a las elecciones, según reportaron las autoridades. Las movilizaciones fueron impulsadas por ciudadanos que exigían transparencia en el proceso electoral y se oponían al reconocimiento de Maduro como vencedor.
A nivel internacional, diversos gobiernos y organizaciones han expresado su preocupación por la falta de transparencia en los comicios y han solicitado al gobierno venezolano que permita una auditoría independiente de los resultados, así como la publicación de las actas de votación. Sin embargo, hasta ahora, el gobierno de Maduro no ha cedido ante estas presiones, y el país sigue sumido en una profunda crisis política.