Una persona con un ticket de voto por correo en la oficina de Correos de Cibeles | Jesús Hellín / Europa Press
Apenas faltan unas semanas para que los europeos vuelvan a las urnas para votar en unas elecciones determinantes del Parlamento Europeo. Tendrán lugar entre el jueves 6 y el domingo 9 de junio ya que, en función del país, se vota en un día diferente a lo largo de estos cuatro días. En España, por ejemplo, se vota el día 9. Obviamente, para estas elecciones, es posible el voto por correo, de manera que se tiene que tener en cuenta el plazo, cómo mandarlo y hasta cuándo es posible votar de esta forma.
Los ciudadanos españoles o de otra nacionalidad de la UE y que residan en España pueden ejercer el voto por correo, que se solicita en cualquier oficina de Correos si aportamos nuestro DNI, pasaporte o permiso de conducir originales. También puede solicitarse por vía telemática en la página web de Correos. Es necesario que el solicitante esté inscrito en el Censo Electoral español o, en el caso de vivir en el extranjero, en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes en el Extranjero).
Estos son los plazos y los documentos necesarios
En caso de enfermedad o incapacidad que impida personarse en la oficina de Correos, otra persona autorizada puede actuar en nombre del elector, siempre que aporte la certificación médica oficial y el documento notarial o consular por el que se autoriza a la persona a actuar en nombre del elector.
Respecto al límite para solicitar el voto por correo, los residentes en España pueden hacerlo hasta el 30 de mayo. Una vez realizada la solicitud, el elector recibirá por correo certificado en el domicilio la documentación necesaria para votar. Aparte, también recibirá un sobre con una papeleta de cada una de las formaciones políticas, un sobre de votación, junto con el certificado de inscripción en el censo, y un sobre con la dirección de la mesa electoral donde le correspondería votar.
Por su parte, los residentes que se encuentren en el extranjero de manera temporal pero puedan votar en España, pudieron solicitar el voto en la oficina consular entre el 16 de abril y el 11 de mayo, pudiendo ser este enviado hasta el próximo 5 de junio.