Yolanda Díaz I Europa Press
La Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso ha aprobado, con competencia legislativa plena, el proyecto de Ley para reformar el Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social. Tiene el fin de eliminar la automaticidad de extinción del contrato laboral de las personas que acceden a la situación de incapacidad permanente. El texto, que pasa ahora al Senado, ha contado con el apoyo de todos los grupos salvo Vox, que lo ha rechazado.
La norma ha culminado esta mañana su andadura en la cámara baja. “Esta medida supone un nuevo blindaje de los derechos de las personas con discapacidad y permitirá alinear nuestro marco laboral a los mandatos de la Ley de las personas con de Discapacidad. El objetivo es ofrecer un empleo decente para las personas con discapacidad, eliminando una discriminación como la que suponía el despido automático en determinadas situaciones de discapacidad, priorizando opciones como la adaptación del puesto de trabajo o el pase a otras funciones”, tal como resumió el departamento del ramo.
Se podrá activar la causa de despido cuando haya una carga excesiva
De este modo, la empresa únicamente podría activar esta causa de despido cuando la adopción de las anteriores medidas suponga una carga excesiva. Asimismo, se plantea reformar el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, para desvincular el régimen jurídico de la muerte de la persona trabajadora, como causa de extinción del contrato de trabajo, del aplicable a los supuestos de incapacidad permanente.
En paralelo, se elimina la automaticidad de la extinción del contrato de las personas que acceden a la situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y “se condiciona la decisión empresarial a la voluntad de la persona trabajadora y a la posibilidad de adaptar el puesto de trabajo o a la existencia de un puesto de trabajo vacante y disponible acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación”. Esto es, “la empresa únicamente podrá activar esta causa de despido cuando la adopción de las anteriores medidas suponga una carga excesiva”.
Para este supuesto, se valorará de manera específica si los gastos de adaptación pueden sufragarse con ayudas o subvenciones públicas de manera parcial o total y, en su caso contrario, si son excesivos en relación con el salario medio, el tamaño y el volumen de negocio de la empresa. Asimismo, se otorga mayor protagonismo a los servicios de prevención de riesgos laborales y la representación legal de los trabajadores, que colaborarán para determinar los ajustes necesarios para adaptar el puesto a la nueva situación o para seleccionar otros puestos de trabajo.
CERMI aplaude esta aprobación
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha aplaudido esta aprobación por la que se deroga el despido automático por razón de discapacidad permanente laboral sobrevenida, “discriminación histórica que aún subsistía” en el ordenamiento jurídico-laboral. “El CERMI agradece al Gobierno, a través del ministerio que dirige Yolanda Díaz, y a los grupos políticos, respectivamente, el impulso y el extenso respaldo dados a esta iniciativa, que era un asunto de primera importancia en la agenda política de la discapacidad organizada”, añade.