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12 Nov 2024
12 Nov 2024
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El Consorcio de Compensación de Seguros indemnizará a los afectados por la DANA

El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha afirmado que el Consorcio de Seguros ya está preparado para trabajar sobre el terreno y valorar los daños
Carlos Cuerpo

Imagen: Carlos Cuerpo, ministro de Economía-EFE

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) indemnizará los daños causados por la DANA que ha afectado en las últimas horas a las provincias de Valencia, Albacete, Cuenca y Cádiz, una vez que los peritos puedan desplazarse a las zonas afectadas y valorar los daños. Así lo ha confirmado el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, en la red social X, afirmando que el CCS “está preparado para empezar a trabajar sobre el terreno tan pronto como sea posible”, al tiempo que ha transmitido el apoyo del Gobierno a todos los damnificados.

Esto significa que el organismo asumirá directamente con sus propios medios la gestión y el pago de las solicitudes de indemnización que reciba, previa valoración de los daños ocurridos y que continúen produciéndose con motivo de este episodio de lluvias torrenciales.

Requisitos para solicitar la indemnización

El requisito para acceder a la cobertura del CCS es que la persona o el bien afectado estén asegurados y con contrato de seguro en vigor en el momento en que se produjo la inundación extraordinaria. El organismo indemnizará los daños producidos a las personas aseguradas y los daños sufridos por los bienes asegurados, ya sean viviendas o comunidades de propietarios, vehículos, oficinas, comercios, etc.

La cuantía de la indemnización se ajustará a los capitales asegurados y a las cláusulas del contrato de seguro del afectado. El CCS indemnizará tanto los daños materiales producidos por la inundación como los daños inmateriales, como los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda. También se indemnizará la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales, indica la nota.

Cómo se solicita la indemnización

La solicitud de la indemnización al Consorcio, tanto en el caso de daños personales como materiales, se puede presentar directamente por el propio asegurado, por el tomador o por sus respectivos representantes, o bien a través de la entidad aseguradora con la que se contrató la póliza o del agente o corredor de seguros que intervino en su contratación.

En el caso de solicitar indemnización por daños materiales es necesario presentar la solicitud por una de las siguientes vías: por teléfono, llamando al 900 222 665; o bien online, desde la propia página web del Consorcio de Compensación de Seguros.

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