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17 Ene 2025
17 Ene 2025
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El PSOE registra una ley para que los partidos políticos y las asociaciones afines no puedan ser acusación popular

La nueva ley exigirá que, para personarse como acusación popular, deba existir un “vínculo concreto, relevante y suficiente con el interés público tutelado en el proceso penal correspondiente”
El portavoz del PSOE, Patxi LópezEFE

Entre otras medidas, la proposición de ley limita el ejercicio de la acusación popular, protegida por la Constitución, suprimiendo el derecho a ejercerla a partidos políticos y “asociaciones vinculadas con ellos”, pero también constriñendo las causas en las que se pueden personar según los delitos investigados.

De salir adelante la proposición de ley, tampoco podrían ejercer la acusación popular el Gobierno central y los autonómicos; el Congreso, el Senado y las asambleas regionales; los jueces y fiscales y sus asociaciones profesionales; el Tribunal Constitucional, el Consejo General y los demás órganos de gobierno del Poder Judicial, el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

El PSOE, que impulsa esta proposición, ha solicitado personarse como acusación popular en la causa contra Alvise Pérez por financiación ilegal y en la causa del caso Koldo y de los hidrocarburos. Tradicionalmente, los socialistas se han personado en los casos que afectaban al PP, como Gürtel, Púnica o González Amador (pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso) y los populares han hecho lo propio en las causas vinculadas al PSOE, como los ERE de Andalucía.

Otros aspectos fundamentales que plantea la ley

La reforma, según ha adelantado la Cadena Ser, también plantea que se aparte a jueces que hagan manifestaciones en favor de partidos políticos: «Todos estos mecanismos de acoso tienen un denominador común: la judicialización de la política. Y la judicialización de la política corre el riesgo de desembocar en una politización de la Justicia». Así, se establecerían como causas de abstención o recusación que un juez haya hecho manifestaciones políticas a favor o en contra de autoridades, funcionarios, partidos, sindicatos o asociaciones que sean parte del procedimiento. 

La proposición de ley también obligaría a modificar el Código Penal para derogar su artículo 525, que establece penas de multa de ocho a doce meses para quienes ofendan los sentimientos religiosos. «Se suprime el artículo 525 del Código Penal, el conocido como el de las ofensas a los sentimientos religiosos, un delito donde no se detectan apenas condenas, pero que es empleado por organizaciones ultras y fundamentalistas para perseguir a artistas, activistas y representantes electos haciéndoles pasar por procesos penales muy costosos a nivel económico y personal», señala el texto.

La reforma incluirá asimismo la doctrina del Supremo para que no se puedan abrir procesos penales con querellas basadas en recortes de prensa sin el menor indicio de irregularidades. A juicio del PSOE, existe ya una “sensibilidad social mayoritaria” sobre el problema de “acoso, persecución y difamación sistemática de artistas, actores y adversarios políticos por parte de sectores de ultraderecha que, pervirtiendo las herramientas del Estado de derecho, utilizan acciones judiciales como vehículo” y sobre la necesidad de “atajarlo”. 

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