La Audiencia Provincial de Badajoz ha conformado de nuevo que la investigación iniciada al hermano del presidente del Gobierno, David Sánchez no “vulnera los derechos fundamentales”.
El Tribunal ha desestimado el recurso presentado por uno de los investigados, Francisco Martos, contra la decisión del juez de abrir una pieza separada acordada por Beatriz Biedma, titular de Juzgado de Instrucción nº 3 de Badajoz. Así, se podía autorizar a la UCO, Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, incautar los correos electrónicos de David Sánchez y otros de los investigados en la Diputación de Badajoz. El fin de incautar esto correos es averiguar quiénes son las personas involucradas en la creación del puesto de trabajo adjudicado a dedo al hermano de Sánchez.
Libertad Digital ha tenido acceso al informe que consta de 32 páginas y confirma que, según los magistrados, “a la hora de abordar el estudio del presente recurso han de tenerse en consideración varias cuestiones preliminares de gran relevancia. Esta Sala ha entrado ya en el estudio de la legalidad del Auto ahora recurrido de fecha 9 de julio de 2024 en dos ocasiones”.
Este escrito añade también: “No podemos sino remitirnos a lo que allí decíamos, que vamos a recoger literalmente a continuación, pues los argumentos desplegados por las partes, incluido el Sr. Martos Ortiz, son similares”.
El hermano de Sánchez sigue investigado por su cargo en la Diputación de Badajoz
En auto expresa que según la petición enviada por la UCO tampoco se encuentran factores que vulneren los derechos fundamentales: “pues existe una expresa valoración de datos ya obrantes en la causa principal, en la que se había aportado la documental requerida a la Exma. Diputación de Badajoz. Que el oficio de la UCO no se basaba solo en la experiencia de casos similares es algo que, como hemos dicho más arriba igualmente, resulta de su mismo contenido”.
Así mismo destacan que “se cuestiona la necesidad de la medida en cuanto que se podía haber llamado al investigado y testigos para dar explicaciones, pero es evidente que la posible captación de esos actos que se califican como preparatorios tiene un efecto esclarecedor más amplio e inmediato para «profundizar» en la investigación como señala la instructora”.
“El derecho al secreto de las comunicaciones, en cuanto que se intervienen solo las corporativas referidas a un concreto asunto, y del de intimidad, se ven mínimamente afectados; sin que sirva a este último efecto el argumento de que se suelen utilizar los correos laborales para dirigirse a allegados o familiares. No es este el objeto de la investigación”, sostienen los magistrados.