Recientemente han salido a la luz dos informes de la Unidad Central de la Guardia Civil (UCO) que han generado cierta polémica dentro del Gobierno central, ya que afectan directamente al hermano del presidente Pedro Sánchez.
El primer informe señala que David Sánchez, hermano del presidente, tenía «plena dedicación» y una «jornada laboral» en la sede de la Diputación de Badajoz. De acuerdo con su contrato en España y los requisitos que conlleva, David Sánchez debería considerarse residente y contribuyente en España. El segundo informe, elaborado por el Ministerio de Hacienda, defiende la actuación de David Sánchez, indicando que este actuó correctamente al no pagar el IRPF en España. Lo más destacado de este informe es que Sánchez no ha identificado ninguna fuente de ingresos distinta a la española.
De acuerdo con la ley del IRPF, si David Sánchez tenía «plena dedicación» en España, no podía tener otra fuente de ingresos que no fuera española, y por ende, debería haber pagado impuestos en España. Sin embargo, no realizó este pago en España. En el marco de la investigación, se ha descubierto que David Sánchez se autodeclaró como no contribuyente fiscal en España, argumentando que residía en Portugal.
La UCO desmiente que el hermano de Sánchez pudiera eludir el IRPF en España
La ley del IRPF en España establece que, a pesar de que David Sánchez pueda residir en otro país la mayor parte del año, esto no exime de la obligación de presentar la declaración de la renta en España. La normativa señala que, si la principal fuente de ingresos proviene de España, se debe presentar la declaración del IRPF y tributar los impuestos correspondientes en el país.
David Sánchez, hermano del presidente Pedro Sánchez, debería demostrar que su principal pagador y fuente de ingresos no son españoles para eludir esta obligación. Hasta el momento, no se ha presentado evidencia que respalde esta afirmación. Aunque el informe de Hacienda, que no está firmado, apoya la posición de David Sánchez, la ley en España no acepta simplemente el hecho de residir en otro país como motivo para no cumplir con las obligaciones fiscales en España.
David Sánchez ha argumentado que puede declarar en Portugal su patrimonio, que asciende a al menos dos millones de euros, así como su sueldo de 55.000 euros provenientes de la Diputación de Badajoz. Afirma que no tiene actividades privadas por cuenta propia ni otras remuneraciones provenientes de administraciones o empresas públicas. Sin embargo, la ley exige que, dado que su principal fuente de ingresos es de origen español, debería haber presentado la declaración de la renta y tributado en España.