El término de Pyme siempre trae confusión, no es del todo claro que se debe considerar o no Pyme. Los criterios para considerar a una Pyme oscilan en las variables de numero de trabajadores y cantidad de activos. Ahora debido al contexto inflacionario se va a cambiar la caracterización de lo que es una Pyme.
Nuevo anteproyecto para paliar el contexto inflacionario
El Anteproyecto de ley del Ministerio de Economía cambiará los criterios de tamaño de las empresas y grupos empresariales. La norma supone un aumento en el volumen de activos y de ingresos anuales para caracterizar el tamaño de una empresa, si es una pyme o una micropyme, y adecuarlos a la inflación.
El espíritu de la norma pretende la incrementación de el número de firmas que pueden beneficiarse de presentar balances de cuentas abreviados, es decir, más sencillos y con información menos detallada, para eliminar cargas administrativas y costes a las compañías de menor tamaño.
De este modo, la norma pretenderá presentar un modelo abreviado de cuentas a las sociedades que cumplan dos años seguidos al menos dos de estos tres criterios
A) activo no superior a los 5 millones de euros (la actual Ley de Sociedades de capital, exige que no supere los 2,8 millones);
B) Importe de la cifra de negocio no superior a los 10 millones (ahora está en 5 millones).
c) Número medio de empleados esté por debajo de los 50 (mismo plantilla que en la actualidad).
Cambios en la ley de Auditoria de Cuentas
Se pretende además modificar la Ley de Auditoría de Cuentas para redefinir qué es pequeña y mediana empresa a efectos de simplificar obligaciones en materia de auditoría. Así, se entenderá por pequeña empresa aquella que durante dos años seguidos reúna al menos dos de las siguientes circunstancias:
A)Activo no supere los 5 millones (actualmente, 4 millones).
B) cifra de negocia anual no supere los 10 millones (actualmente, 8 millones).
C)número medio de trabajadores no supere los 50 (mismo que en la actualidad).
Se considerarán entidades medianas empresas aquellas que también durante dos ejercicios cumplan al menos dos de estos parámetros:
A) Activo no supere los 25 millones (ahora, 20 millones).
B) Cifra de negocio no supere los 45 millones (actualmente, 40 millones).
C) Número de trabajadores no exceda los 250, mismo que ahora.
Cambios a raíz de la directiva europea
El Anteproyecto de ley estableció una modificación de las cifras de los criterios sobre activos y volumen de negocio al 25%. Con la finalidad de ajustar los umbrales a los contextos inflacionarios, como consecuencia de la tendencia en la zona del euro en los últimos años, especialmente en los dos últimos.
“Este incremento de los criterios de tamaño no solo reducirá el ámbito subjetivo de aplicación de los requisitos de presentación, auditoría y publicación de los estados financieros establecidos en la mencionada Directiva, sino también el ámbito de aplicación de los requisitos de presentación de información sobre sostenibilidad”, añade el texto en su exposición de motivos.