El juez Juan Carlos Peinado ha decidido que se entregue a las partes el vídeo de la declaración de Pedro Sánchez, a pesar de la oposición de la Fiscalía. Sánchez compareció como testigo el pasado 30 de junio en la investigación que involucra a su esposa, Begoña Gómez, por presuntos delitos de corrupción y tráfico de influencias.
El juez Peinado considera que, a pesar del derecho de Sánchez a guardar silencio, este comportamiento podría generar inferencias relevantes para el caso. Ha dictaminado que se pueden extraer «conclusiones» del «silencio» de Pedro Sánchez durante su declaración como testigo en el caso que investiga a su esposa, Begoña Gómez, por presuntos delitos de corrupción y tráfico de influencias. El magistrado ha ordenado entregar a las partes copias de las grabaciones de dicho interrogatorio, realizado en La Moncloa, a pesar de la oposición de la Fiscalía.
La Fiscalía no está de acuerdo con entregar las grabaciones
El pasado día 3, la Fiscalía pidió al juez que no se entregara a las partes las grabaciones de la testifical de Sánchez en la Moncloa porque «carecería de utilidad material o procesal», si bien el juez asegura que lo solicitó «sin indicar precepto legal alguno» ni concretar los motivos que puedan hacer presumir tal improcedencia.
Peinado explica que «el testigo» se acogió a «la dispensa que le ofrece el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal», de tal manera que, no realizó manifestación alguna respecto de las posibles preguntas que se le hubieran podido realizar.
Dichas preguntas «si no se consideraran impertinentes por este instructor, habría de haber contestado, bajo juramento, y por tanto decir verdad».
El juez desestimó los argumentos del Ministerio Público, subrayando que no se indicó ningún fundamento legal específico para negar la entrega del video. En su resolución, Peinado sostiene que tanto las respuestas de Sánchez como su silencio podrían ser procesalmente significativos para interpretar la conducta de los involucrados en el caso. La decisión implica que las partes tendrán acceso al material audiovisual para evaluar posibles indicios y definir estrategias en el proceso.
Sánchez se acogió a su derecho de no declarar en contra de su cónyuge, pero el juez considera que incluso su silencio podría generar inferencias relevantes para el caso. Peinado sostiene que tanto lo dicho como lo no dicho en el interrogatorio pueden llevar a «conclusiones de carácter objetivo» sobre la posible culpabilidad o inocencia de los implicados.
La Fiscalía había solicitado que se impidiera el acceso al video, argumentando que no tenía utilidad procesal, pero el juez rechazó esta petición al considerar que el Ministerio Público no presentó fundamentos legales suficientes para justificar la negativa. Con esta decisión, las acusaciones y defensas podrán utilizar las grabaciones para interpretar el comportamiento de Sánchez y determinar si existen indicios que afecten a la responsabilidad penal de los investigados.