El procedimiento penal seguido por el Juzgado Central de Instrucción nº 5, en el que Villafuel SL figura como sociedad investigada, se sustenta en una acusación de defraudación tributaria agravada. Articulada a través de un complejo entramado societario. La querella, impulsada por la Fiscalía Anticorrupción y tramitada bajo supervisión del juez Santiago Pedraz, sitúa el perjuicio económico al erario público en 182,3 millones de euros, correspondientes al impago sistemático del IVA vinculado a operaciones de importación y comercialización de hidrocarburos entre 2022 y 2024.
Según los informes técnicos aportados por la Agencia Tributaria, la operativa se apoyaba en la constitución de sociedades interpuestas sin estructura operativa, cuya función consistía en asumir formalmente la titularidad de las operaciones para eludir el ingreso del impuesto. Estas entidades —algunas con alta rotación registral y administradores sin capacidad real de gestión— emitían facturas sin contrapartida económica efectiva, generando deducciones indebidas y flujos financieros opacos.
La UCO ha identificado, entre otros mecanismos, la utilización de carteras digitales, cuentas offshore y transferencias en cadena que dificultaban la trazabilidad de los fondos. Se investiga asimismo la eventual implicación de operadores con licencia oficial que habrían facilitado la emisión de albaranes logísticos y documentación aduanera ficticia.
La acusación incluye la posible comisión de los delitos de fraude a la Hacienda Pública, blanqueo de capitales, falsedad documental y pertenencia a organización criminal, en grado continuado. Se ha autorizado, a instancia del juez, el nombramiento de dos funcionarios de la AEAT como peritos auxiliares del juzgado para cuantificar el impacto fiscal y validar los elementos probatorios incautados en los registros.
La UCO bajo ataque
Uno de los investigados —un exdirectivo vinculado a Carburantes Jalón Plaza SL— solicitó la nulidad de actuaciones por considerar vulnerados sus derechos fundamentales, invocando un presunto uso instrumental de medios de comunicación y una supuesta desviación de poder en la labor policial. El escrito de alegaciones, al que tuvo acceso el juzgado, planteaba la existencia de una “operación mediática coordinada”, sin aportar elementos técnicos verificables.
En paralelo, varios medios de orientación crítica con la instrucción difundieron hipótesis no ratificadas judicialmente, sugiriendo que la UCO habría actuado extramuros de sus competencias funcionales o en connivencia con filtraciones interesadas. Estas tesis fueron objeto de atención en las diligencias tramitadas por el magistrado Santiago Pedraz, quien analizó su relevancia jurídica y su encaje procesal.
En respuesta, el juez emitió una resolución en la que desestimó íntegramente las peticiones de nulidad, subrayando que “no se aprecia viso alguno de ilegalidad, irregularidad o manipulación procesal” en la actuación de la Guardia Civil. Asimismo, recordó que “las publicaciones en prensa carecen de valor procesal” y no afectan a la validez de las diligencias practicadas con autorización judicial expresa.
La respuesta del juez Pedraz
En uno de los pronunciamientos más relevantes, Pedraz rechazó una petición de nulidad sustentada en la supuesta vulneración del derecho a la intimidad durante el análisis de dispositivos electrónicos. El juez argumentó que todas las medidas fueron adoptadas conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, amparadas por autorización judicial y desarrolladas con pleno respeto a la cadena de custodia.
Pedraz también subrayó que no ha detectado “ningún indicio de ilicitud ni manipulación de la prueba”, desmontando así la narrativa de una actuación excesiva por parte de la UCO. De forma expresa, subrayó que los informes técnicos elaborados por la Guardia Civil y la Agencia Tributaria se ajustan a parámetros de objetividad, suficiencia probatoria y metodología válida.
Asimismo, y con un mensaje institucional claro, el magistrado recordó que la publicidad periodística no sustituye al debido proceso ni genera efecto invalidante alguno: “La prensa no forma parte del sumario”, escribió en uno de sus autos, rechazando de plano que las publicaciones externas condicionen la legalidad procesal.
En paralelo, el juez ha intensificado la instrucción, con la designación de dos peritos de la Agencia Tributaria como auxiliares judiciales, encargados de supervisar el análisis económico-financiero y validar la trazabilidad de las transacciones sospechosas.
Escalada probatoria con apoyo de Hacienda
A tal efecto, el magistrado ha autorizado la colaboración de dos funcionarios de la Agencia Tributaria —adscritos a la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF)— como peritos auxiliares del juzgado. Su tarea consiste en auditar los libros contables intervenidos, cotejar flujos financieros transnacionales y validar las cadenas de facturación empleadas por las sociedades interpuestas.
Dentro de las diligencias recientemente acordadas figura el acceso a servidores de correo electrónico corporativo, documentos fiscales custodiados por terceros (en particular, despachos como Andersen Tax & Legal y KPMG), así como el análisis forense de dispositivos incautados en sede social y domicilios particulares. El juzgado ha impuesto un protocolo de custodia reforzada sobre las evidencias electrónicas para garantizar su validez probatoria en vista a una eventual fase de enjuiciamiento.
En el plano patrimonial, se ha requerido información a la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC), con el objetivo de identificar activos disimulados, beneficiarios reales y operaciones no justificadas entre 2021 y 2024.
El juzgado ha destacado en diversos autos la complejidad estructural del caso, que involucra más de una decena de entidades jurídicas, sociedades offshore, y personas físicas con residencia fiscal en distintos países. Esta dispersión internacional justifica, a criterio de Pedraz, la necesidad de diligencias reforzadas y medidas cautelares de carácter económico.
Villafuel SL y su defensa
En el marco del procedimiento judicial, Villafuel ha instado al juzgado a requerir a los despachos Andersen Tax & Legal y KPMG la entrega de correos electrónicos corporativos, informes de compliance y declaraciones fiscales presuntamente eliminadas o intervenidas en registros. Alega que esos documentos permitirían acreditar la trazabilidad legal de sus operaciones y demostrar buena fe operativa en los ejercicios investigados.
La defensa sostiene que Villafuel SL actuó en todo momento conforme a la normativa sectorial aplicable, y que los déficits documentales detectados obedecen a “errores operativos no imputables a dolo”. Asimismo, denuncia que el cierre administrativo ha provocado la imposibilidad material de cumplir con obligaciones tributarias pendientes, lo que estaría agravando una situación que, a su juicio, debería resolverse en vía contencioso-administrativa, no penal.
Este patrón defensivo recuerda al que adoptó Koldo García, exasesor de Ábalos, cuando fue detenido por la UCO en una operación que desveló una red de adjudicaciones presuntamente irregulares vinculada a entornos ministeriales.
Los riesgos políticos y las licencias ministeriales
Aunque el auto del juez Pedraz evita señalar responsabilidades políticas directas, la instrucción remite inevitablemente a dinámicas similares a las detectadas en el caso Koldo, donde la UCO incautó documentación crítica y armas durante registros practicados a figuras próximas al Ministerio.
Esa causa ha llevado incluso a la Audiencia Nacional a ampliar la investigación hacia antiguos responsables del Ministerio de Transportes, en un movimiento que guarda cierta simetría con los interrogantes administrativos que rodean la expansión de Villafuel SL, como recoge el artículo Más cargos en el punto de mira.
Garantía procesal frente a presiones externas
La actuación del juez Pedraz —caracterizada por la firmeza procesal, la desactivación de estrategias dilatorias y la incorporación temprana de peritaje fiscal especializado— refuerza la solidez institucional de la instrucción y reduce el margen para lecturas politizadas del procedimiento. En este contexto, la figura judicial se erige como garante de legalidad, en un escenario donde confluyen intereses económicos, presión mediática y posibles derivadas político-administrativas.
El curso de la causa determinará si Villafuel SL operó al margen de la ley o si, como sostiene su defensa, fue víctima de errores de terceros y fallos sistémicos. Pero lo que ya ha quedado acreditado es que la respuesta del aparato judicial ha sido proporcional, técnica y, sobre todo, resistente frente a intentos de deslegitimación externa.