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20 Ene 2025
20 Ene 2025
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La ley Begoña y la libertad de expresión

Pero, calma, sus fantasías de impunidad no pararán en ningún sitio, la Ley es implacable, tarde o temprano rendirán cuentas de sus fechorías.
Begoña Gómez en la Asamblea de Madrid

“¿Libertad para qué?”

Cuentan que cuando Fernando de los Ríos regresó en 1920 de su viaje a Rusia, lo hizo decepcionado. Se había desplazado en representación del Partido Socialista Obrero Español para tantear una eventual integración en la internacional comunista. Esperaba descubrir un paraíso para los trabajadores, pero más bien se trataba de un infierno autoritario. No se mordió la lengua, sino que, durante la entrevista que mantuvo con Lenin, el jefe supremo de la revolución bolchevique, le expresó sus dudas acerca de la opresión que había presenciado por doquier. Si damos crédito a su testimonio, el camarada rojo le habría replicado: “¿libertad para qué?”. A su vuelta a España, respiró aliviado por haber escapado de ese asfixiante clima policiaco. 

La pérdida de libertades es uno de los síntomas de la progresión del totalitarismo. Retengamos esta advertencia al analizar la proposición de ley orgánica de 10 de enero de 2025 que, entre otros puntos polémicos, restringe la intervención de los jueces en redes sociales. Tanto las Naciones Unidas como el Consejo de Europa han dejado bien claro que los magistrados disfrutan de libertad de expresión como cualquier otro ciudadano. Eso sí, es legítimo encauzarla para que no afecte ni a la dignidad del cargo ni a la apariencia de imparcialidad. Hasta aquí, nada que objetar. Lo preocupante de dicha iniciativa parlamentaria es que no viene sola, sino acompañada de limitaciones al periodismo de investigación y al ejercicio de la acción popular. Son señales que prefiguran un cuadro clínico que debe alertarnos para que no avance la enfermedad antidemocrática.

¿Nos atrevemos con algún diagnóstico? Dada la indeterminación del texto prelegislativo, es prematuro aventurar en qué resultará, aunque, por ahora, los signos no mueven precisamente a la tranquilidad. Por eso, antes de perdernos en abstrusas disquisiciones doctrinales, recordemos que es obligación del Poder Judicial intervenir en el debate público cuando las libertades estén amenazadas. El Consejo Consultivo de Jueces Europeos habla sin ambages: in situations where democracy, the separation of Powers or the rule of law are under threat, judges must be resilient and have a duty to speak out in defence of judicial independence – Opinión 25(22). Es más, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en sentencias como “Baka vs Hungría”, proclamó que los magistrados no sólo tienen el derecho, sino el deber, de pronunciarse en público sobre las reformas legislativas que afecten a la independencia judicial.

Visto lo anterior, ¿Qué pienso yo sobre la situación actual? No tema, querido lector, no callaré por miedo a una sanción disciplinaria. Mi opinión, quizás lo sorprenda, es más bien optimista. No barrunto que esta reforma nos despeñe por un abismo soviético o fascista. Por lo menos, por ahora. Es algo más simple, incluso ramplón: todo apunta a que servirá para proteger a los corruptos. O sea, para salvar el pellejo de ciertos pícaros de cuello blanco. Pero, calma, sus fantasías de impunidad no pararán en ningún sitio, la Ley es implacable, tarde o temprano rendirán cuentas de sus fechorías.

Entonces, ¿libertad para qué? Para hacer justicia.

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