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El magistrado Adolfo Carretero será el encargado de llevar a cabo la instrucción del «caso Errejón». El titular del Juzgado de Instrucción 47 de Madrid caracterizado y conocido por su carácter implacable, mordaz e histriónico vuelve a estar en el candelero mediático al instruir una causa muy marcada por la presión política y de los medios de comunicación. Sin embargo, no se trata de la primera causa mediática que este magistrado instruye, son varios los casos polémicos que ha llevado a cabo este magistrado protagonizando momentos impactantes y varias sentencias novedosas.
Los bebés robados y la imputación de Sor María Gómez Valbuena
Uno de los casos más sonados a nivel mediático en España por las implicaciones emocionales que tuvo sobre miles de personas fue el de los bebés robados. El caso de los bebes robados en España fue uno de los capítulos más tétricos de la historia reciente de nuestro país, hablamos de que durante los años 1940 a 1990 más de 300.000 bebés fueron despojados de sus madres para ser vendidos. Estas prácticas que comenzaron y se perpetuaron durante el franquismo desarrollándose durante gran parte de la democracia.
En esta situación tenemos a la monja Sor María Gómez Valbuena, quien se encontraba en el centro del huracán. Estamos ante una religiosa perteneciente a las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, a esta religiosa se la atribuía el robo de niños, en las clínicas de maternidad madrileñas durante los años 80. Su imputación como presunta responsable del robo de niños fue un hito, puesto que fue la primera ve que se abrieron diligencias judiciales sobre este asunto.
Hasta el 14 de noviembre de 2011 se habían abierto 1072 diligencias informativas y 342 diligencias previas, al tiempo que se había llevado a cabo 14 exhumaciones: las asociaciones de afectados como ANADIR, cifran entre 200.000 y 300.000 los niños robados en la segunda mitad del siglo XX en España
A Sor María se le imputaban delitos de detención ilegal y falsedad en documento público, tal es así que uno de los indicios era determinante. Pues la firma de Sor María se encontraba en centenares de documentos de adopción. La Fiscalía de Madrid indicó al respecto que empezaría a investigar el caso según fueran apareciendo más denuncias firmes. La monja, en su primera citación en el juzgado n.º 47, se negó a declarar y más tarde en un comunicado se declaró inocente.
La instrucción se llevó a cabo de una manera muy meticulosa donde se procedió a la citación e interrogatorio de 24 personas, la mayoría médicos, que cree que pueden aportar más información sobre el caso. En una providencia sobre el caso decide citar como testigos a 19 médicos y a la exdirectora de la maternidad donde se produjeron los hechos, la clínica Santa Cristina de Madrid, María Antonia García Alonso.
Esa providencia se une a otra en la que el juez citaba como testigos a otras seis personas, entre ellas el director del centro, el doctor José Zamarriego, el jefe de neonatología, Ignacio Villa Elizaga, y la asistente social de la Agencia Española para la Protección de la Adopción (AEPA), que derivó al matrimonio que finalmente adoptó a aquel bebé supuestamente robado directamente a sor María Gómez Valbuena.
El juez también citó a declarar como testigo al juez del Registro Civil en aquel momento, que, a petición de sor María, según fuentes anejas al caso, inscribió a aquel bebé fuera de plazo. Antes de citarles, el juez había pedido a la policía judicial que los localizara de forma “urgente” y que remitiera al juzgado un informe sobre su estado físico y mental para poder ser interrogados dada la avanzada edad de la mayoría de ellos, entre 70 y 80 años.
Finalmente, debido a varias denuncias interpuestas, el 12 de abril de 2012 se realizó un convención ministerial entre las asociaciones de afectados por el robo de niños con los ministros de Interior, Justicia y Sanidad, además de la comparecencia del Fiscal General del Estado. Por estos casos recibió numerosas críticas la Conferencia Episcopal Española, por su silencio.
No obstante, en 2013 y debido a una insuficiencia cardiaca, Sor María falleció por lo que el procedimiento continuó por otros cauces y en la búsqueda de nuevos responsables pero siendo el procedimiento judicial pionero en sobre esta materia en España.
El clan de las bosnias y el golpe a las mafias de carteristas de Madrid
Una de las lacras que más afectan a Madrid es la de los carteristas en el metro, con un modus operandi limpio aprovechando las aglomeraciones, el trasiego y las cadenas de operación numerosas carteristas se ponían las botas en el metro de Madrid. En este caso el conocido como «clan de las bosnias» sembró el terror a turistas y supuso un importante quebradero para las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
Ante una situación donde la ley tiene muchos recovecos y lagunas legales, Adolfo Carretero, quien fuera magistrado titular del juzgado de Instrucción 47 de Madrid, impuso a las cinco componentes de este grupo de veteranas carteristas la prohibición de entrar y utilizar el metro de Madrid so pena poder ser detenidas de forma automática por la Policía Nacional. Además, de que si violan la medida preventiva, las mujeres se exponen a una multa con una cuantía diaria hasta de 24 meses.
Esta ‘orden de alejamiento’ de los pasajeros de Metro fue innovadora y no tenía precedente en Madrid. La orden estuvo vigente hasta que se celebró el juicio, en el que las ladronas fueron acusadas, también por primera vez, por constituir un grupo criminal organizado. Ello implicó penas de entre 3 meses y un año de cárcel si tres o más personas actúan unidas para «realizar de forma permanente o reiterada» determinados delitos y faltas. penales (tipo penal que ya no existe desde 2015).
El juez recurrió a un tipo penal que se incluyó en el Código Penal en 2010 (artículo 570), con la finalidad de tratar de acabar con la multirreincidencia del grupo, que se valía jurídica hasta el momento para seguir delinquiendo a pesar de que entre todas sus componentes acumulaban más de 330 antecedentes policiales, fundamentalmente por hurto
Dani Mateo y la ofensa a la bandera de España
Una de las más polémicas intervenciones de Adolfo Carretro fue por el caso del humorista Dani Mateo. Fue en octubre del año 2018 cuando el humorista realizó un sketch en El Intermedio en el que se sonaba la nariz con la bandera de España. Sucedió durante un momento del programa de La Sexta donde se estaba hablando del 40 aniversario de la Constitución y la lectura de sus artículos en el Instituto Cervantes.
Wyoming propuso conmemorar el aniversario se leyendo un texto «que en estos tiempos que corren une a todos. Con la caída de las temperaturas, con la mitad de los españoles estornudando y la otra mitad con fiebre, el texto que realmente crea consenso es el prospecto del Frenadol». En ese momento, dio paso a Dani Mateo para que releyese las indicaciones del medicamento. En ese momento sonó el himno de España de fondo apareciendo una bandera nacional al lado, por lo que el humorista inició la lectura del prospecto.
Mateo hizo una pausa por un estornudo, pero de acuerdo con el guion procedió a limpiarse la nariz con la bandera: «Perdón, perdón, ¡qué he hecho! No quería ofender a nadie. Ni a los españoles, ni al rey, ni a los chinos que venden estos trapos», afirmó. «Señores de la Audiencia Nacional, no soy yo, son las contraindicaciones del Frenadol. No administrar a personas hipertensas y mucho menos a presentadores torpes», señaló el catalán.
El cómico tuvo que enfrentarse a un largo y tedioso procedo judicial en 2018 al que fue citado a declarar por haber cometido un supuesto delito de ofensa a la simbología del país, tal y como contempla el artículo 543 del Código Penal (C. P.) y un delito de odio, correspondiente al artículo 510 del C. P. Finalmente en el año 2019 el magistrado instructor archivó la causa judicial.
El caso de las mascarillas de Medina y de Luceño
Sin embargo, uno de los casos en los que la actuación de Adolfo Carretero tuvo un gran impacto mediático fue durante la instrucción e interrogatorio por las presuntas comisiones ilegales por las mascarillas en el caso de Medina y Luceño. El titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, Adolfo Carretero, decreto la apertura de juicio oral contra Luis Medina Abascal y su socio, el empresario Alberto Luceño, decretando la posible existencia un delito de estafa y otros delitos en relación a la venta de material sanitario al Ayuntamiento de Madrid en el inicio de la pandemia por importe de 11 millones de euros de los que 6, eran comisiones ilegales.
El punto en el que la intervención de Adolfo Carretero se hizo mediática se dio durante el interrogatorio. Es en este interrogatorio cuando el magistrado saco un carácter agresivo, mordaz e inquisitivo, algo que sorprendió tanto a los propios investigados como a los medios de comunicación. El caso de las mascarillas el magistrado cuestionó que se calificase como «normal» la elevada comisión que ambos se llevaron cuantificada en seis millones de dólares.
Adolfo carretero reprendió con dureza a los investigados, «¿A usted le parece normal que de unos guantes la comisión suya ascienda a un 81%? Porque según usted, Luceño no le ha engañado, pero él cobra cinco millones y usted uno (…) Entonces, está conforme con que cobrase eso. ¿Le parece normal?», incidió el juez ante las respuestas que intentaba, con cierto atropello, dar Medina.
Ante las respuestas de Medina, Carretero respondió: «Pues si era tan normal, ¿ Por qué no se lo dijo al Ayuntamiento ? Si usted le hubiera dicho al Ayuntamiento, oiga, nos llevamos esta comisión, el Ayuntamiento habría dicho sí o no (…) pero tampoco Luceño les dijo el precio que quería Luceño. Leno quería un precio, vendía por eso, y no se lo dijeron (al consistorio)».
En cuanto a la confidencialidad de la comisión Medina tuvo también un encontronazo dialectico con el juez. Medina se excusó en que «no está obligado» ni él ni Luceño a revelar el importe de su tajada «porque la comisión la paga el que vende y se firma un documento de confidencialidad», pero su respuesta no convenció a Carretero quien le reprendendió. «Pero yo hablo de la funcionaria. Olvídese de Luceño porque no tiene muchas ganas de colaborar con la Justicia».
El interrogatorio prosiguió «Y si no le conoce de nada, ¿por qué le llamó?», preguntó el juez, que insistió a Medina para conocer en qué términos se presentó y qué le dijo. «¿Este señor no le pregunta a usted quién es?» , «¿Y por qué tendría que atenderle este señor?», «Será primo, pero no le conoce de nada», Las preguntas se fueron retorciendo por parte de Adolfo Carretero. Medina insistió en que una vez tuvo el contacto, que no recordaba bien si era una dirección de email o de teléfono, «se lo pasó a Luceño».
«¿A usted le parece normal ganarse un millón de euros por una llamada teléfono?», preguntó después el juez a Luceño, quien en su turno de declarar se aferró a que era lo «normal» en su «sector». «¿Y cuál es su sector? Porque no sé de qué sector habla», replicó el instructor.
Luceño fue quien más golpes se llevó por parte del juez, pues alegaba que su actuación era «lo normal» y el juez replicaba: «será normal para usted», sobre todo cuando se trataba del hecho de haber ocultado al Ayuntamiento de Madrid que buena parte del contrato era su propio pellizco. «Resulta que su contrato es de los más caros que existen y lo es por su comisión», le afeó el instructor.
En todo caso, como al final «paga el Ayuntamiento de Madrid», el juez incidió en este asunto de los precios. » Pa la saca'», dice usted en un mensaje y Medina dice «¡Bien!». Estaban muy contentos con la operación, comentó el juez, para preguntar a Luceño cuáles eran sus motivaciones a la hora de plantear el contrato. El empresario sostuvo que «la intención no era lucrarse» y de nuevo, el instructor confrontó esa afirmación con el abultado margen de las comisiones.
El resultado de la instrucción se saldó con la apertura del juicio oral para Medina y Luceño. No obstante, la intervención de Adolfo Carretero fue determinante para la apertura del juicio oral. Por otro lado, el modo de su intervención y lo mordaz de su interrogatorio y sus preguntas fue una de las marcas de identidad mediáticas que se dan en este procedimiento.
El gazapo de Alberto Casero en la votación de la reforma laboral
De las diversas situaciones en las que este magistrado se ha visto inmiscuido, destaca una de las situaciones más anecdóticas que se han dado en la política española. Fue en febrero del año 2022 cuando se procedió a la reforma laboral impulsada por el gobierno socialista y sumar.
Alberto Casero es un diputado del Partido Popular (PP) en España, conocido por un error que tuvo un impacto significativo en la votación de la reforma laboral en febrero de 20221. Durante la votación, Casero emitió un voto telemático desde su casa debido a una gastroenteritis . Sin embargo, debido a un error en el sistema informático del Congreso, su voto fue registrado como afirmativo en lugar de negativo.
Este error resultó en la aprobación de la reforma laboral por un margen de un solo voto, ya que el resultado final fue de 175 votos a favor y 174 en contra. El PP alegó que el error fue causado por un fallo en el sistema informático y solicitó que el resultado fuera reconsiderado, pero la solicitud fue denegada
Tras la votación, días después Adolfo Carretero admitió a trámite una denuncia interpuesta por un abogado por la presunta comisión de un delito contra los derechos fundamentales y la comisión de un presunto delito informático por la votación que tuvo lugar en el Congreso durante la aprobación de la reforma laboral.
La denuncia se presento a través del portal digital de Lexnet, la interposición de la denuncia se dio unas pocas horas después de producirse la votación, que emitió telemáticamente el diputado Alberto Casero, del Partido Popular, con el que se validó, por un voto, la reforma laboral.
El magistrado Adolfo Carretero envió la denuncia al Ministerio Fiscal, en la que se solicita la iniciación de la fase de instrucción para esclarecer lo sucedido, de forma urgente. La Fiscalía redactó un escrito de oposición a la denuncia . Carretero, en el ejercicio de sus funciones, denegó el sobreseimiento de la denuncia, admitió a trámite remitiéndola al Decanato de los Juzgados para que, desde allí, se proceda a al reparto al Juzgado de Instrucción que corresponda para que el magistrado al que le toque decida si continuar adelante con la denuncia o archivarla definitivamente.
Esta primera decisión supuso la primera decisión para la ulterior judicialización la de lo ocurrido en el Congreso de los Diputados, un gazapo que salvó al Gobierno de una derrota que habría sido un escándalo ya que dos diputados de UPN, cuyo partido se había comprometido a apoyar al Ejecutivo en la votación, no siguieron la orden y votaron en contra. La judicialización no llegó a nada ya que el propio TC tumbó el recurso de Casero y el propio diputado reconoció la comisión de un error material
La orden de alejamiento contra una de las cabezas visibles de las protestas de Ferraz
Por todos son conocidas las protestas que se dieron a principios de noviembre del año 2023 contra la sede del PSOE tras la aprobación de la amnistía. Lo que se conoció como el Noviembre Nacional derivo protestas durante varias de las jornadas contra la sede del PSOE en la Calle Ferraz. El tono de las protestas fue aumentando hasta que se empezaron a dar cargas policiales y escenarios de lucha callejera y algaradas entre los manifestantes y la UIP.
Entre el desarrollo de las protestas y los combates con la UIP destacó la figura del líder de las juventudes del partido Democracia Nacional, Pablo Lucini, quien fue detenido en su domicilio días después por la presunta comisión de un delito de desordenes públicos con agravante de discriminación por ideología.
El titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, citó a Lucini y el resto de procesados para informarles oficialmente de la acusación a la que se enfrentan. Así, el juez dió por finalizada la fase de diligencias previas y da paso a la de procedimiento abreviado, siendo el primer paso la apertura de juicio oral.
El Ministerio Fiscal acusó a Lucini, de la presunta comisión delito de desórdenes públicos con la agravante de discriminación por razón de ideología, algo que incrementa las penas a las que se enfrentan. Además, la Fiscalía solicitó para uno de los instigadores de la protestas una condena más elevada, 2 años y 11 meses de prisión, al sumarle la agravante de reincidencia. Lucini fue una de las cabezas durante las protestas convocadas en la calle Ferraz, en el movimiento denominado como Noviembre Nacional.
El delegado en Madrid de Democracia Nacional, y uno de los cabecillas de Democracia Nacional, fue detenido por los agentes de la Brigada Provincial de Información de la Policía Nacional el día 23 de noviembre de 2023 en su vivienda, ya que era una de las personas identificadas por provocar los altercados contra la Unidad de Intervención Policial (UIP) durante las primeras jornadas de protestas.
Tras pasar a disposición judicial, quedó en libertad provisional aunque Adolfo Carretero le impuso como medida cautelar una orden de alejamiento de la sede nacional del PSOE, en la calle Ferraz, de 50 metros. La medida cautelar fue posteriormente revocada por la Audiencia Provincial de Madrid por falta de justificación y pertinencia.