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21 Mar 2025
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La Amnistía se estrellará contra el TJUE

La cuestión prejudicial, un elemento que puede paralizar la aplicación de la ley de amnistía. El principio de primacía del Derecho de la UE es la clave señalada

Carles Puigdemont / Europa Press

El ordenamiento jurídico comunitario

La base de la que hay que partir para desgranar el concepto de cuestión prejudicial parte del ordenamiento jurídico de la Unión Europea. España forma parte de la Unión Europea desde el año 1986, una organización supranacional fundada para propiciar y acoger la integración y gobernanza en común de los estados y naciones de Europa. Es importante entender que esta unión si bien nació como una unión económica en sus inicios, no fue hasta el año 1993 con el Tratado de Maastrich, cuando de forma efectiva empezará a cristalizarse una unión política.

Esta unión política que cuenta con instituciones, cuyas funciones se encaminan a cumplir con los principios y postulados para los que la Unión Europea se funda. Para ello se erige un complejo sistema legal conocido como el ordenamiento jurídico de la UE, de manera que, el ordenamiento jurídico de la UE es un conjunto de normas y principios que regulan el funcionamiento, las competencias y el sistema institucional de la UE. 

La posibilidad de que exista este ordenamiento radica en la cesión competencial y de soberanía que realizan los estados al integrarse en la UE. Hablamos entonces de un conjunto legal con fuentes de Derecho y jerarquía normativa, de manera que tenemos un sistema legal propio y autónomo.

Tenemos por tanto un sistema legal a formado a grandes rasgos por el llamado Derecho Primario (Tratados fundacionales y principios generales de Derecho), por el Derecho Derivado (reglamentos, directivas, decisiones, y otros actos legislativos adoptados por las instituciones de la UE.) y finalmente por el derecho subsidiario ( normas nacionales de los estados miembros que aplican el Derecho de la UE).

La primacía y el efecto directo del ordenamiento jurídico de la UE.

Sabiendo de la existencia de este sistema legal, se debe comprender que existe una convivencia entre el ordenamiento jurídico de la UE y los ordenamientos nacionales. Para hacer pacífica esa coexistencia hay dos principios que son claves.

En primer lugar, el principio de primacía, de forma que cuando se produzca un conflicto entre algún aspecto del Derecho de la UE y un aspecto del Derecho de un Estado miembro de la UE (derecho interno), prevalecerá el Derecho de la UE. De no ser así, los Estados miembros podrían simplemente dejar que su Derecho interno tuviese prevalencia sobre el Derecho primario o derivado de la UE, lo que haría inviable la consecución de la política de la UE. Se trata de un principio que pretende garantizar la unidad y coherencia del ordenamiento jurídico comunitario.

En segundo lugar, el efecto directo, es un principio fundamental en el ámbito legal comunitario. Este principio otorga derechos a los particulares para que puedan invocarlos ante los tribunales nacionales y comunitarios. Consagrado en la sentencia Van Gend en Loos vs Administración tributaria de Holanda.

Bajo estas dos claves, es donde un elemento como la cuestión prejudicial puede entrar a escena y frenar la aplicación de la Ley de Amnistía. Siendo esta circunstancia un obstáculo inesperado en aplicación de una de las leyes estrella de este gobierno.

La cuestión prejudicial y la Ley de Amnistía.

 El comisario Didier Reynders, afirmó que en el momento en que los jueces españoles acudan al TJUE, la aplicación del la Ley de Amnistía se suspenderá. Esa suspensión viene dada por las cuestiones prejudiciales.

Una cuestión prejudicial es un mecanismo accesorio a un litigio principal y que es usado por los órganos jurisdiccionales de los estados miembros. Cuando existen dudas acerca de la interpretación o la legalidad de alguna norma de derecho de la UE, o respecto a las posibles dudas que suscita la aplicación de una norma nacional en relación con si vulnera o no el derecho de la UE.

Este mecanismo está relacionado fundamentalmente con el efecto directo y con la primacía del Derecho de la UE. Se busca con las mismas aunar la interpretación del derecho propio de la UE, evitando que concurran, dado el carácter vinculante de las sentencias del TJUE, interpretaciones divergentes en los territorios de los diferentes estados miembros. Por lo que se asegura una uniformidad y una garantía de la primacía del ordenamiento comunitario en la práctica por parte de los órganos jurisdiccionales nacionales.

Por lo que entendiendo y bajando al caso concreto de la Ley de Amnistía, en lo que se refiere a su aplicación esta puede contener elementos que hagan dudar al juez en nacional sobre si dicha ley atenta o no contra el derecho de la UE o sí es posible aplicarla dentro del marco europeo. De forma que, si los jueces nacionales en los casos que tengan que aplicar la Ley de Amnistía tuvieran dudas con relación al marco legal europeo, elevarían una cuestión prejudicial al TJUE.

Será el TJUE, quien deba resolver la cuestión a través de sentencia, pero hasta que la cuestión prejudicial se resuelva el proceso quedará suspendido y la ley no se aplicará. El freno a la Amnistía reside entonces en los efectos suspensivos que tiene la cuestión prejudicial dentro de los procesos.

El comisario recuerda se remitió al artículo 23 del Estatuto del TJUE establece que “la resolución del órgano jurisdiccional nacional por la que somete un asunto al Tribunal de Justicia suspende el procedimiento nacional”. Eso supone, conforme explicita el Tribunal de Luxemburgo en sus recomendaciones a los tribunales nacionales, que el planteamiento de una cuestión prejudicial, “entraña la suspensión del procedimiento nacional hasta que el Tribunal de Justicia se pronuncie”.

Así pues, la Amnistía se enfrenta al escollo de la justicia europea, pues son los muchos los procedimientos relacionados con el 1-O que se hallan en los juzgados y sobre los que la Ley de Amnistía en sus ámbitos de aplicación objetivo y subjetivo se puede aplicar. Ahora bien y ya de forma institucional desde Europa se ha dado una respuesta rotunda, pero ¿Tendrán Sánchez y los Independentistas los arrestos de ir contra la primacía del Derecho de la UE?

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