Los patinetes eléctricos o vehículos de movilidad personal (VMP) han visto incrementado su uso. La legislación actual define a los VMP como vehículos de una o más ruedas que cuentan con una sola pieza de anclaje y que se propulsa por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
Para la conducción de un patinete eléctrico no es exigible tener carnet de conducir, ni que exista matriculación ni registro alguno del vehículos. Pese a todo, los patinetes que se vendan a partir del 22-1-2024, deberán estar debidamente certificados. Los vendidos con anterioridad podrán circular sin estar certificados hasta 22-1-2027.
Los patinetes deberán informar de una serie de datos en un marcaje de fábrica único, permanente, legible, ubicado de forma visible, y que no permita su reutilización en otro vehículo:
- velocidad máxima;
- número de serie o identificación;
- número de certificado;
- año de construcción; y
- marca y modelo.
El hecho de que no se consideren vehículos de motor no implica que no se deban seguir las normas de tráfico estipuladas para vehículos de motor. Por todo ello, los conductores de VMP deberán cumplir las normas de tráfico y circulación como el resto de los conductores de vehículos a motor:
- Queda prohibida la circulación con tasas de alcohol superiores a las establecidas en la normativa de la DGT o bajo el influjo de sustancias estupefacientes. Estando, por supuesto, obligados los conductores de VMP a someterse a dichas pruebas.
- No se puede usar el móvil mientras se va conduciendo un VMP.
- Está prohibido usar auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido.
- No podrá circular más de una persona ya que según se ha establecido en la normativa reguladora son vehículos de una sola plaza.
- El uso del casco y otros elementos de protección, en los VMP depende de lo que dispongan las ordenanzas municipales No obstante, los elementos de seguridad siempre se recomiendan.
- Deberá usarse alumbrado y prendas o elementos reflectantes si se realizase la circulación nocturna
- En cualquier caso, siempre se deberá circular con la diligencia y precaución necesarias para evitar daños propios o ajenos, evitando poner en peligro al resto de personas que usen la vía.
- En cuanto al régimen de paradas y estacionamiento, les será de aplicación, al igual que a cualquier otro vehículo, toda la normativa reguladora recogida en el Reglamento General de Circulación.
Las sanciones o incumplimientos no producen con carácter general la pérdida de puntos, únicamente, se produce pérdida de puntos cuando se conduce un patinete eléctrico para el que se exija licencia o permiso de conducción, por lo que en este caso la sanción no produce detracción de puntos.