El juez Adolfo Carretero ha respondido al exdiputado de Sumar, Íñigo Errejón, ordenándole entregar su teléfono móvil a la Policía para que los agentes analicen sus conversaciones con la actriz Elisa Mouliaá, quien lo acusa de un presunto delito de agresión sexual. Errejón había solicitado al magistrado que suspendiera dicha medida hasta que la Audiencia Provincial de Madrid decidiera si esta diligencia era procedente. Sin embargo, se mostró dispuesto a acudir personalmente ante el juez para mostrarle el contenido de las conversaciones.
En un auto fechado el 18 de marzo, al que tuvo acceso Europa Press, el titular del Juzgado de Instrucción Número 47 de Madrid desestima la solicitud del exdirigente y subraya que “ya se tomaron cautelas para que únicamente fueran analizadas las conversaciones con Mouliaá”, garantizando así la protección del resto de su información personal.
El pasado mes de marzo, el juez dio un plazo de cinco días tanto a Errejón como a Mouliaá para que entregaran sus dispositivos móviles a la Policía Nacional, con el objetivo de estudiar exclusivamente los mensajes intercambiados entre ambos. Un mes antes, el instructor había aceptado parcialmente la petición del exlíder de Más País, considerando que un volcado completo del teléfono resultaba desproporcionado, motivo por el cual limitó la diligencia a las conversaciones relacionadas con la denunciante.
Errejón no puede oponerse a la diligencia
Además de rechazar la petición de Íñigo Errejón para suspender la entrega de su móvil, el juez Adolfo Carretero también ha denegado la solicitud del exdiputado para someter a Elisa Mouliaá a un reconocimiento psiquiátrico forense realizado por un perito de su elección, salvo que la propia actriz autorice expresamente dicha evaluación. El magistrado recordó que la denunciante ya presentó ante el juzgado informes psiquiátricos propios.
En su auto, el titular del Juzgado de Instrucción Número 47 de Madrid aclara que la pericial solicitada por Errejón solo podrá llevarse a cabo “si accede la señora Mouliaá voluntariamente”, motivo por el cual da traslado al abogado de la actriz para que manifieste si acepta o no someterse a la prueba.
El juez subraya que “no puede compelerse a un perjudicado a un reconocimiento por un perito de la otra parte sin perjuicio de la valoración que pueda hacerse de su negativa”. Asimismo, incide en que la defensa del exdiputado tiene acceso a los informes psiquiátricos presentados por Mouliaá y que estos pueden ser refutados mediante la intervención de otro especialista.
Cabe recordar que, a comienzos de marzo, la actriz aportó un informe pericial psiquiátrico forense en el que se afirmaba que había atravesado “una situación de abuso” por parte de Errejón, la cual vivió como “un verdadero atentado contra su intimidad”. El informe, elaborado por el perito José Cabrera y al que accedió Europa Press, concluía que la actriz había sufrido un “abuso imprevisto e injustificado” que derivó en un “trastorno por estrés postraumático”, describiendo dicho trastorno como “impredecible” y con posibilidad de generar “secuela permanente”.
Pese a ello, Errejón solicitó que Mouliaá fuera evaluada por un perito designado por su defensa, petición que ahora el juez condiciona a la voluntad de la denunciante.
Errejón insiste en el informe psiquiátrico
El abogado de Mouliaá ya se opuso a la solicitud del exdiputado de llevar a cabo un informe psiquiátrico por parte de otro perito propuesto por la defensa. “No resulta procedente ni necesario efectuar dicha diligencia, (…) pues la aportación del contrainforme deberá basarse en los documentos aportados a la causa y que, en el presente caso, resultan ser suficientes”, señaló en un escrito de 12 de marzo al que tuvo acceso Europa Press.
En un escrito anterior, el abogado de Mouliaá incidió en que la propia actriz ya había aportado a la causa informes médicos, al tiempo que se opuso a que se entregasen al juzgado evaluaciones psiquiátricas de la denunciantes “desde abril de 2022 hasta la actualidad”. A su juicio, ello supondría una “conculcación de su derecho a la intimidad”.
“Llama poderosamente la atención a esta parte que la representación de la defensa en relación con otras diligencias de prueba admitidas, como son las relativas al volcado de clonado de los dispositivos móviles, mantiene especial interés en defender la intimidad del señor Errejón y, sin embargo, en relación a los informes psiquiátricos de la señora Mouliaá insiste en su aportación sin valorar la vulneración de este derecho, que ellos mismos invocan convenientemente cuando les interesa”, apuntó el letrado de la actriz.