Los abogados de los dos policías heridos por ‘Tsunami Democrátic’ han pedido que no se aplique la Ley de Amnistía debido a que “Rompe el principio de igualdad”, justifican su petición en que la norma está “muy lejos de los objetivos de pacificación de los que alardean”.
La defensa de dos agentes de la Policía Nacional que resultaron heridos en los disturbios, así le han pedido al Tribunal Supremo y a la Audiencia Nacional que no se aplique la Ley de Amnistía a los investigados porque hacerlo implicaría romper “el principio constitucional de igualdad”. Ambos abogados han enviado dos escritos a los tribunales en los que aseguran que la ley de amnistía “no cuenta con base constitucional expresa, lesiona gravemente el principio de igual sujeción de todos ante la ley, es ambigua y arbitraria”. También han criticado que: “Todo muy lejos de los objetivos de pacificación de los que alardean en el propio preámbulo de la ley”.
El juez de la Audiencia Nacional y encargado de investigar el supuesto papel que tuvo la plataforma Tsunami Democrátic’ en los disturbios que sucedieron después de que se conociera la sentencia del Tribunal Supremo, el cual condenaba a los líderes del ‘procés’, Por otro lado, el Tribunal Supremo abrió una causa penal en paralelo al expresidente catalán Carles Puigdemont y al diputado de ERC Ruben Wagensberg por un presunto delito de terrorismo al estar ambos aforados.
Los abogados de la defensa rechazan la ley de amnistía
La defensa de los dos agentes de la Policía Nacional señala que hay un “gravísimo vicio jurídico de vulneración del principio de igualdad, se pueden añadir otros que refuerzan su inconstitucionalidad, como el principio de seguridad jurídica”, también señalan que: “el principio de responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”. El despacho que ha enviado el recurso al Tribunal Supremo señala que la ley de amnistía: “una redacción llena de rincones intencionadamente oscuros y de interpretaciones forzadas de los delitos que se pretenden amnistiar, o que se dejan fuera”.
También destacan que: “Como argumentaron los fiscales que intervinieron en el llamado juicio del ‘procés’, el desvío de fondos para la realización del referéndum del 1-O no entra en las exclusiones previstas en la ley, que contempla que quedarán amnistiados los delitos de malversación siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento, ese es el punto en el que surge una discrepancia que esta parte asume y comparte”.