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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado que el expresidente del Banco Popular, Ángel Ron, deberá ser juzgado por delitos de estafa a inversores y falsedad contable relacionados con la ampliación de capital de 2016. Esta decisión subraya la gravedad de las acusaciones y marca un paso significativo en el proceso judicial que busca esclarecer los hechos y determinar responsabilidades en uno de los casos más notorios del sector financiero español.
Los delitos presuntamente se cometieron en la ampliación de capitales de 2016
Los magistrados de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional han desestimado el recurso de apelación presentado por Ángel Ron contra el auto de procedimiento abreviado dictado en marzo por el titular del Juzgado Central de Instrucción Cuatro, José Luis Calama. El tribunal ha señalado que comparte los criterios y fundamentos de la resolución recurrida, atribuyendo provisionalmente responsabilidad penal al expresidente del Banco Popular.
El objeto del procedimiento son los hechos relacionados con la aprobación y ejecución de la ampliación de capital del Banco Popular en 2016. Los jueces han explicado que esta operación fue de vital importancia para la operatividad y subsistencia del banco, y que la figura del Presidente de la entidad bancaria, Ángel Ron, no puede ser excluida de la responsabilidad en estos hechos. Esta decisión reafirma la necesidad de un juicio para esclarecer la posible implicación de Ron en delitos de estafa a inversores y falsedad contable.
La importancia del Banco Popular resultó ser determinante
Este revés para Ron se produce cuatro días después de que la Audiencia Nacional confirmara el archivo de la causa abierta por la ampliación de capital realizada por el Popular en 2012. La Sección Segunda de la Sala de lo Penal ratificó el auto de sobreseimiento dictado por el juez Santiago Pedraz, al no encontrar indicios suficientes de la “perpetración de delito alguno”. Así, la querella presentada por la empresa familiar Cerquía y un grupo de accionistas minoritarios ha quedado definitivamente zanjada, sin posibilidad de recurso. Esta doble decisión judicial marca un contraste significativo en el destino de las dos ampliaciones de capital bajo la gestión de Ángel Ron, subrayando la complejidad y las repercusiones legales de sus acciones al frente del Banco Popular.
“Entendemos que sería absurdo que el Presidente del banco no hubiera tenido una actuación relevante, importante y decisiva, pues se trataba de un Presidente con funciones ejecutivas, y no meramente representativas, que incidía de manera incuestionable en la marcha del Banco, debiendo tenerse en cuenta que en aquella época el Banco Popular era una de las grandes entidades bancarias de nuestro país y con el lógico peso e influencia en la economía nacional, y una decisión de ese calibre habría de involucrar necesariamente al Presidente de la entidad bancaria en cuestión”, concluyen.