Pablo Llarena, juez instructor encargado de investigar el ‘procés’, ha trasladado a los Juzgados de Barcelona una serie de informes sobre la fuga del expresidente de Cataluña, Carles Puigdemont. Puigdemont, quien está bajo una orden de detención nacional, volvió a España el 8 de agosto para dar un mitin, pero no fue detenido en ningún momento.
En la resolución judicial presentada, Llarena sugiere que no se puede descartar la posibilidad de que los Mossos d’Escuadra, encargados de la detención de Puigdemont, hayan incurrido en delitos por faltar a su obligación y por encubrimiento. El juez ha solicitado una serie de informes que, según él, deberían proporcionar una “explicación detallada” sobre la fuga. Estos documentos analizarán “las circunstancias en las que se produjo la aparición pública del procesado rebelde” y “las razones por las que no fue detectada su entrada y salida de España y no se materializó su detención”.
Llarena señala que lo expuesto en los informes solicitados “impide excluir la participación de otros responsables no aparentes” en los delitos previstos en los artículos 408 y 451.3ºb del Código Penal. El artículo 408 se refiere a que “la autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejará intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables”.
LLarena considera que hubo Mossos involucrados en la huida de Puigdemont
El delito en cuestión es un delito de dejación de funciones, castigado con una pena de inhabilitación de hasta dos años.
El segundo artículo al que hace referencia Llarena en caso de que los Mossos estuvieran involucrados en la huida de Puigdemont, castiga con hasta tres años de prisión al responsable público que “ayude al responsable de un delito a eludir la investigación de la autoridad o de sus agentes, o a sustraerse a su busca o captura”.
Por otro lado, en una providencia de apenas dos folios, Llarena ha señalado “la dificultad de abordar la detención del procesado (Carles Puigdemont) en el seno de la aglomeración de personas a la que se incorporó”. Sin embargo, el juez no da por probado que no hubiera colaboración policial. Este párrafo hace referencia al momento en que los manifestantes comenzaron a reunirse en la calle el pasado 8 de agosto, lo que facilitó la huida de Puigdemont entre la multitud.