Nueve agentes de la Policía Nacional, acusados de delitos de lesiones por su intervención en las cargas policiales del 1 de octubre de 2017, han registrado una petición para acogerse a la Ley de Amnistía, en vigor desde este pasado martes.
Los policías buscan que la medida de gracia archive la causa contra ellos y elimine las consecuencias judiciales de los hechos imputados. Sin embargo, enfrentan la posibilidad de que las víctimas de las lesiones les acusen de tortura, un delito excluido explícitamente de la amnistía.
Las lesiones por las que se les acusa están contempladas dentro de la Ley de Amnistía
La defensa de los agentes ha argumentado que las lesiones por las que se les procesa están dentro de los supuestos contemplados por la Ley de Amnistía. Además, subrayan que los delitos de tortura excluidos por la ley se refieren a actos «mucho más graves» que los que se les atribuyen, y aseguran que los policías «en ningún caso» participaron en actos de tortura o tratos inhumanos o degradantes.
Los agentes de seguridad mantienen procesos abiertos por las cargas del 8 de octubre
Estos policías forman parte de un grupo de 45 agentes que aún enfrentan procesos judiciales por su actuación durante el referéndum ilegal del «procés», específicamente en el Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona. Las acusaciones se centran en las lesiones causadas a ciudadanos durante el dispositivo de desalojo del 1 de octubre de 2017 en varios colegios, incluyendo el IES Pau Claris, CEIP Ágora, Dolors Monserdà, Posperitat, Infant Jesús y Mediterránea.
No hay tortura ni ningún trato degradante por parte de los policías implicados
En un escrito dirigido al juez Francesc Miralles, los abogados defensores argumentan que «no existe fundamentación» para concluir que las acciones de los agentes correspondan a los artículos del Código Penal que tipifican la tortura y el trato degradante (artículos 174 y 173). Añaden que se pronuncian sobre este aspecto en previsión de una futura acusación hipotética, aunque actualmente no están acusados de tales delitos. El procedimiento se encuentra en fase de instrucción, y la Ley de Amnistía prevé, en este caso, el sobreseimiento libre de la causa tras una audiencia con la participación de la Fiscalía y las partes implicadas.