Los periodos de formación en empresas son a menudo un foco de precariedad y a veces se cronifican durante años. Pero poco a poco, los becarios van conquistando derechos, aunque se den pasos muy pequeños. Por ejemplo, desde el 1 de enero de 2024, las prácticas no remuneradas cuentan en la carrera de cotización, pero este martes el Ejecutivo ha regulado el mismo derecho para los becarios pasados, una norma que en breve entrará en vigor en su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esto significa que, quienes han sido becarios no remunerados en cualquier momento de su vida, puedan sumar esos periodos a su carrera de cotización, y también aquellos que hicieron prácticas remuneradas previas a 2011, según han informado fuentes a El País.
La orden permitirá incorporar hasta un máximo de cinco años, y será la Tesorería General de la Seguridad Social la que calculará el importe de la cotización a ingresar en cada caso, que se podrá abonar en un pago único o fraccionando en varias mensualidades. Es decir, si se quiere incorporar un periodo de prácticas de cinco meses, se puede pagar en un máximo de cinco mensualidades. Por un periodo de esas características el pago rondaría los 1.500 euros.
“Ampliamos los derechos de los más jóvenes, de personas que se están incorporando ahora al mercado laboral, pero también reparamos los desequilibrios y abrimos la ventana a aquellos que no tuvieron esa opción en el pasado”, afirma la ministra Elma Saiz en una valoración remitida por el ministerio.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Entre los beneficiarios, están los alumnos universitarios que hayan cursado prácticas formativas en títulos oficiales o propios de los centros universitarios, así como en masters de formación permanente o diplomas de expertos. También se podrán beneficiar los alumnos de Formación Profesional, salvo cuando sus prácticas se prestasen en régimen de formación profesional intensiva, y los de enseñanzas artísticas superiores, profesionales y deportivas del sistema educativo. La orden también habilita esta posibilidad para los doctorandos que hubieran participado en ellos antes de febrero del 2006.
No obstante, hay varios requisitos que se deben cumplir para acceder a estos periodos de cotización. El principal es la acreditación de la realización de las prácticas mediante un certificado que expida la universidad o centro educativo, en el que se deberá especificar si fueron remuneradas o no y su duración en días. Este certificado podrá ser elaborado por la empresa en el caso de las prácticas remuneradas.
Además, se establece un plazo máximo de dos años para formalizar el convenio. 24 meses después de la publicación en el Boletín Oficial del Estado se cerrará esta ventana, así que, como tarde, habría que realizar este trámite entre finales de abril o principios de mayo de 2026.