Una persona entra a una oficina del SEPE en la Comunidad de Madrid EUROPA PRESS
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 21 de mayo el Real Decreto-ley por el que se reforma el subsidio asistencial por desempleo, dando así cumplimiento a uno de los hitos asociados al cuarto pago de los fondos europeos. La norma que ya ha visto la luz incluye algunas novedades respecto al texto anterior en relación al régimen de compatibilidades de la prestación contributiva con un puesto de trabajo.
De esta manera, se podrá compatibilizar un empleo por cuenta ajena con un salario bruto mensual que no supere el 375% del Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem). Es decir, 2.250 euros al mes con el Iprem actual. En el texto anterior, se establecía que la prestación se podría compatibilizar con un sueldo de hasta 1.350 euros mensuales.
También el subsidio por desempleo será compatible con un salario. En ambos casos, esta compatibilidad se instrumentará a través de lo que se denomina ‘complemento de apoyo al empleo’, que se podrá prolongar durante un periodo máximo de 180 días. Además, el subsidio será compatible con la percepción de una beca, según informó la ministra de Trabajo Yolanda Díaz.
La reforma, pactada también con CCOO y UGT, contempla un aumento por tramos de la cuantía de esta ayuda, actualmente de 480 euros al mes, amplía el colectivo de beneficiarios y permitirá compatibilizar con un salario tanto el subsidio como la prestación de desempleo.
También se simplifican y mejoran los requisitos de acceso y mantenimiento: se suprime el plazo de espera de un mes desde la fecha del agotamiento de la prestación contributiva.
Asimismo, se modifica la forma actual de considerar responsabilidades familiares en los subsidios. Es decir, no se excluirá al solicitante por percibir rentas propias por encima del 75% del SMI y, de esta manera, existirán responsabilidades familiares cuando el total de rentas de la unidad familiar entre el número de personas que la forman, incluido el solicitante, no supere el 75% del SMI.
Mejoras en la cuantía
La reforma mejora las cuantías de los subsidios durante los 12 primeros meses de percepción, estableciendo tres tramos: el subsidio será del 95% del Iprem durante los primeros seis meses de cobro (570 euros mensuales con el Iprem actual); del 90% durante los siguientes seis meses (540 euros) y del actual 80% durante el resto de la duración de la prestación (480 euros).
Al subsidio podrán acceder ahora mujeres víctimas de violencia de género o sexual desde los 16 años, así como emigrantes retornados, menores de 45 años sin cargas familiares y trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado.
Además, los trabajadores residentes en Marruecos que hayan desempeñado su última relación laboral en Ceuta y Melilla, amparados por autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos, podrán acceder a la protección por desempleo de nivel contributivo sin necesidad de acreditar residencia en España, siempre que reúnan todos los requisitos establecidos.