Imagen: Movilización en defensa del derecho a morir dignamente-Levante EMV
En 2023, 766 personas pidieron la eutanasia, un 24,8 % más que en 2022, de las que 334 recibieron la ayuda para morir, según los datos publicados este jueves por el Ministerio de Sanidad, tal como ha adelantado EFE.
El número total de solicitantes de eutanasia en España desde que se aprobó la ley reguladora de la eutanasia en 2021 se eleva así a 1.515 y a 697 las practicadas, de acuerdo con el “Informe de Evaluación Anual 2023 sobre la prestación de ayuda para morir en España” del citado Ministerio.
Requisitos para solicitar el derecho a morir dignamente
Según el Ministerio de Sanidad, los requisitos para poder solicitar la eutanasia son los siguientes: en primer lugar, ser mayor de edad legal y ser capaz y consciente en el momento de la solicitud. En segundo lugar, tener la nacionalidad española o residencia legal en España o certificado que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a doce meses.
En tercer lugar, sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante, certificada por el médico responsable. En cuarto lugar, haber formulado dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, o por otro medio que permita dejar constancia, y que no sea el resultado de ninguna presión externa, dejando una separación de al menos quince días naturales entre ambas.
Finalmente, el último requisito es prestar consentimiento informado previamente a recibir la prestación de ayuda para morir.
Procedimiento para solicitar la eutanasia
Recibida la primera solicitud el médico responsable iniciará con el paciente un proceso deliberativo sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, sobre posibles cuidados paliativos. El médico debe asegurarse que el paciente comprende toda la información que le facilita.
Tras recibir su segunda solicitud, el médico responsable retomará con el paciente el proceso deliberativo al objeto de atender cualquier duda o necesidad de ampliación de información que le pueda plantear. Una vez finalizado el proceso deliberativo, el médico responsable deberá recabar del paciente su decisión de continuar o desistir.
En el caso del que el paciente desee continuar con el procedimiento, el médico responsable deberá recabar la decisión mediante el documento de consentimiento informado, firmado por el paciente. El médico responsable deberá comunicar esta circunstancia al equipo asistencial, especialmente a los profesionales de enfermería, así como, si el paciente lo indicase, a sus familiares o allegados.
El médico responsable, además, deberá consultar a otro médico, denominado consultor, que estudiará el historial clínico del paciente, al cual examinará y del cual deberá corroborar el cumplimiento de las condiciones legales. Si el informe fuera desfavorable, el paciente podría recurrir ante la Comisión de Garantías y Evaluación de su Comunidad Autónoma.
Si, por el contrario, el informe fuera favorable, se remite la petición a la Comisión de Garantías y Evaluación de la Comunidad Autónoma.
El 25% de los solicitantes fallecen antes de recibir la ayuda
El proceso entre que se solicita la eutanasia y finalmente se aprueba suele durar unos 67 días de media. Esta lentitud provoca que el 25% de los solicitantes fallezcan antes de que se resuelva su procedimiento.
Aunque es muy poco frecuente, los pacientes pueden, en cualquier momento, arrepentirse de su decisión y revocar la petición de eutanasia. El año pasado, el 3% de los pacientes tomaron la decisión de echarse atrás.