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26 Dic 2024
26 Dic 2024
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El TC admite el recurso de Aragón contra la amnistía

Es el primer recurso de los interpuestos por las Comunidades Autónomas que admite el Tribunal Constitucional, lo que abre la puerta a que se admitan los restantes
Tribunal Constitucional

Imagen: Tribunal Constitucional-Confilegal

La admisión del Pleno llega días después de conocerse el informe de los letrados del Constitucional, que avaló la legitimidad de las CCAA para recurrir leyes nacionales, aunque no afectasen a su territorio. Concretamente, el informe recordó que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece que las autonomías están legitimadas para presentar recursos de inconstitucionalidad contra leyes del Estado que les afecte. Además, el informe añadió que el Tribunal Constitucional ha venido efectuando una interpretación flexible y amplia de este requisito en su jurisprudencia, lo que significa que pueden recurrir leyes nacionales, aunque no afecten al propio ámbito de la autonomía.

Por tanto, se espera que la Corte de garantías también admita los restantes recursos presentados por CCAA y Asambleas gobernadas por el PP como los de Cantabria, Madrid, Galicia, Murcia, Andalucía, Valencia, Castilla y León, La Rioja, Extremadura e Islas Baleares, así como el recurso de Castilla-La Mancha, gobernada por el díscolo socialista Emiliano García-Page.

Contra la Ley de Amnistía se presentaron un total de cuatro cuestiones de inconstitucionalidad (una del Tribunal Supremo y tres del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya) y 16 recursos de inconstitucionalidad: uno presentado por diputados y senadores del PP y los 15 restantes de gobiernos y asambleas autonómicos. Hasta ahora, el TC solo había admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo y la impugnación presentada por parlamentarios del Partido Popular.

También ha admitido a trámite los recursos de amparo de algunos líderes del Procés

El Tribunal Supremo resolvió no amnistiar el delito de malversación al entender que los líderes independentistas obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial con el “procés” y que los gastos del referéndum del 1 de octubre habían causado un perjuicio a las finanzas europeas, exclusiones establecidas por el texto de la ley de amnistía para no ser aplicada.

Los tres dirigentes de ERC siguen inhabilitados para el ejercicio de cargo público y solicitan en sus escritos que esta pena sea suspendida de forma cautelar.

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