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23 Nov 2024
23 Nov 2024
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Salvajismo jurídico

La realidad es sencilla, serán mejores aquellos ordenamientos jurídicos que más se acerquen al ideal de la justicia

               “Atención peligro de muerte”.

Recuerdo el miedo que de pequeño me causaban esas palabras cuando las leía grabadas en las compuertas de alguna instalación eléctrica, máxime al percatarme de que iban acompañadas de la imagen de una siniestra calavera flanqueada de unos rayos a guisa de fulgurantes tibias. No es casualidad que me asalten ahora esos temores infantiles justo cuando me apresto a escribir este artículo, ya que estoy en trance de cruzar una línea roja: la corrección política. Hay pecados imperdonables, temas que no deben tocarse so pena, no de muerte física, sino civil, esto es, la cancelación pública. En esta sociedad post-moderna que es la nuestra, algunos dogmas resultan incuestionables como, por ejemplo, que todas las culturas son iguales, que unos pueblos no son más avanzados que otros.

Voy a poner en tela de juicio esa creencia, mas no con carácter general, sino circunscribiéndome a un ámbito muy concreto, el del Derecho. Defenderé que no todas las culturas jurídicas están al mismo nivel, antes bien, que algunas son superiores a otras. Insisto para que no haya duda: hablo de “superioridad” para disipar desde el principio cualquier amago de reinterpretación compasiva de mis palabras. Se preguntará el lector, no obstante, cuál será el criterio para cotejarlas. La respuesta es sencilla, serán mejores aquellos ordenamientos jurídicos que más se acerquen al ideal de la justicia. Lo malo es que no resulta fácil encontrar una balanza bien calibrada. Por desgracia, no tenemos noticia de ningún supermercado donde algún amable dependiente nos sirva cuarto y mitad de justicia. Con todo, sí que contamos con un fiel que nos servirá de guía segura: la verdad. El proceso judicial, con todas las limitaciones que se quiera, debe ir orientado a descubrir lo ocurrido de veras, la realidad de los hechos. Y no todos lo hacen igual de bien.

Crimen y Costumbre

Para entender lo que digo ayuda la lectura de un librito titulado “Crimen y costumbre en las sociedades salvajes” que el célebre antropólogo Malinowski publicó en los años veinte del siglo pasado. Expone el autor la organización social de la tribu de los Trobriand, oriunda de un archipiélago situado entre Nueva Guinea y las islas Salomón. Muchos y llamativos son los usos de esos aborígenes, pero ahora nos centraremos en aspectos de carácter jurídico. Así, ante el fallecimiento inexplicable de alguno de sus miembros, la comunidad desentierra los restos póstumos para investigar si son detectables huellas de asesinato. Hasta aquí se trata nomás de una exhumación de cadáver con la subsiguiente autopsia. Lo curioso es que los vecinos del finado se afanan, entre otras hipótesis, por desvelar indicios de que la muerte se debió a la acción de algún marido celoso que lo habría sorprendido en adulterio. ¿Cómo averiguarlo?

 Si el cuerpo inerte muestra en los hombros ciertas marcas (kala wabu), se les antojan el efecto de pasionales arañazos ocasionados durante el juego erótico. Si la boca ha quedado fruncida, creen que los labios adoptaron semejante rictus como consecuencia del chasquido mediante el que llamaba a escondidas a su querida. Si está la piel cubierta de piojos, es una evidencia de que han estado despiojándose juntos, actividad ésta, como de todos es conocido, en la que se solazan a menudo las parejas de enamorados. Igualmente es signo de infidelidad conyugal yacer con las piernas abiertas en la fosa donde fue enterrado, vaya Dios a saber por qué. Algunos dirán que tales usos merecen todo nuestro respeto, puesto que, con el tiempo, terminarán convirtiéndose en formas jurídicas equiparables a las nuestras, las de las sedientes naciones “civilizadas”. A este respecto conviene resaltar que la vida de los Trobriand estaba imbuida de la magia lo que, como aclaró otro de los padres de la antropología, Frazer, constituye el rudimento de la ciencia. Estarían en buen camino, sólo necesitarían tiempo. Tal vez, pero si las observaciones de Malinowski fueron correctas, el Derecho de esos nativos es peligrosamente propenso al error. Acaso con el transcurso de los siglos hubiesen terminado superando a los jurisconsultos romanos, pero, al menos en el momento en que fueron descritas, semejantes costumbres apenas servían para llegar a la verdad. Por eso, guste o no guste a los sacerdotes de lo políticamente correcto, nos enfrentamos a un ordenamiento jurídico “primitivo” o, dicho con toda la crudeza que es necesaria, “inferior” al de sus colonizadores. No nos amedrantarán con sus amenazas de cancelación, como si fuésemos niños aquejados de terrores nocturnos.

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