La fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, ha revelado ante el magistrado Francisco José Goyena que recibió una orden directa del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para difundir una nota aclaratoria sobre las conversaciones entre el abogado de la pareja de la presidenta regional y el fiscal encargado de un caso de presunto fraude fiscal.
Interrogatorio
Durante el interrogatorio, Lastra explicó que se negó inicialmente a difundir el documento por considerarlo incompatible con el deber de confidencialidad. Sin embargo, cumplió con la orden de García Ortiz conforme al artículo 25 del Estatuto Fiscal, que permite al fiscal general impartir órdenes a sus subordinados tanto de carácter general como específico. El magistrado Goyena investiga quiénes fueron los responsables de la decisión de hacer público el comunicado de prensa y ha solicitado que la causa sea trasladada al Tribunal Supremo, el órgano competente para la investigación.
Responsabilidad de García Ortiz
García Ortiz ya había asumido la responsabilidad de la difusión de la nota y pidió que el caso fuera remitido al Tribunal Supremo. El magistrado está tratando de determinar la cadena de decisiones que llevó a la divulgación del comunicado, especialmente quién dio el visto bueno final. En las diligencias solicitadas, se pedía la relación y copia de todas las comunicaciones mantenidas por el Ministerio Fiscal con el abogado de González Amador antes y después de la publicación del comunicado.
En su auto de admisión de la querella, la Sala determina que la investigación debe determinar todas las circunstancias que puedan influir en la calificación de los hechos, tal y como contempla el artículo 299 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim). Esta fase es esencial para determinar si los hechos revisten carácter delictivo.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid discrepó con el Ministerio Público, que solicitaba la inadmisión de la querella argumentando que los hechos eran atípicos. Los jueces, sin embargo, consideraron que este enfoque era demasiado limitado y que era necesario analizar si se había vulnerado el deber de confidencialidad inherente a las actuaciones penales. La Fiscalía defendió la difusión de la nota informativa, afirmando que era necesaria para contrarrestar determinadas informaciones y que no contenía nada que no fuera ya conocido. Según la Fiscalía, actuaron conforme a su normativa orgánica y en ejercicio de la libertad de información.