El Tribunal Supremo ha iniciado los trámites para plantear una cuestión ante el Tribunal Constitucional con el fin de que se analice y resuelva si la Ley de Amnistía es contraria a la Carta Magna. Esta decisión se deriva de dos autos complementarios que resuelven recursos de casación presentados contra fallos del TSJ catalán relacionados con condenas por desórdenes públicos y atentado a la autoridad durante el intento de secesión de Cataluña.
La Sala presidida por Manuel Marchena admite que, según la norma impulsada por el PSOE, deberían amnistiarse los delitos, ya que ninguno de ellos se encuentra entre los supuestos excluidos, como actos terroristas “de gravedad” que hayan causado graves violaciones de derechos humanos.
Sin embargo, los magistrados observan indicios de que el artículo primero de la Ley de Amnistía, que permite acogerse a ella a todos los procesados por su participación en el 1-O y la posterior DUI, podría ser inconstitucional. Argumentan que vulnera el principio de seguridad jurídica y nace de la arbitrariedad legislativa. Señalan en uno de los autos que no existe “motivo o causa constitucionalmente aceptable” que justifique el “trato discriminatorio” implícito en la redacción de la Ley, dirigida específicamente a amnistiar los hechos del “procés” y a los dirigentes independentistas implicados.
El Supremo considera que aplicar una amnistía a medida es inconciliable “con el derecho a la igualdad ante la ley”, un valor supremo del ordenamiento jurídico. Además, advierte que esta forma de proceder podría resquebrajar la seguridad jurídica, estableciendo un precedente para futuras amnistías a delitos cometidos bajo la misma ideología o cualquier otra, siempre que los promotores o partidarios logren mayorías parlamentarias suficientes para la aprobación de una ley orgánica similar.
La Sala de Marchena también señala que podría haber una ruptura de la exclusividad jurisdiccional de los órganos judiciales frente al Gobierno y las Cortes Generales. A diferencia del indulto, la amnistía no tiene el “apoyo constitucional” que permita al Congreso anular ilícitos penales ya sentenciados por el Supremo.
Carles Puigdemont no podrá ser amnistiado
Por otro lado, Carles Puigdemont considera que es “irracional” la decisión del magistrado Llarena, a quien el expresidente catalán achaca una “grotesca arbitrariedad”, de no aplicar la Ley de Amnistía al delito de malversación por el que está procesado. Algo que, sostiene, vulnera su derecho a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías.