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16 Jun 2024
16 Jun 2024
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El Gobierno modifica el permiso de lactancia

El BOE publicó esta semana la medida, que permitirá a madres y padres disfrutar de un permiso de lactancia de hasta 28 días con independencia de su convenio laboral

La medida ya ha sido publicada por el BOE en el Real Decreto-ley 2/2024 de 21 de mayo, modificándose así el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores. Es la llamada “universalización” del servicio de lactancia que fue aprobada por el Consejo de Ministros hace unos meses a petición del Ministerio de Trabajo y Economía Social liderado por Yolanda Díaz. Con ello, se completa la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo, del 20 de junio de 2019, referida a al conciliación familiar y profesional de los progenitores y cuidadores.

Este nuevo Real Decreto-ley permite a padres y madres acumular las horas retribuidas correspondientes a la ausencia por lactancia como un derecho individual, sin necesidad de que esté recogido en el convenio colectivo o el acuerdo establecido con la empresa de trabajo. 

¿Qué supone?

Las madres y los padres pueden disfrutar del nuevo permiso de lactancia de diferentes formas y hasta que el menor cumpla nueve meses. Eso sí, hay alguna que otra restricción, como por ejemplo que se establece un límite de una hora diaria, la cual no puede coincidir con el principio o con el final de la jornada laboral.

También se puede disfrutar con dos tramos de media hora al día, pudiendo reducir la jornada al inicio o al final de la misma. También se puede acumular jornadas completas, lo que se traduce en la posibilidad de sumar días libres.

Es decir, el nuevo Decreto-ley universaliza el derecho a acumular en jornadas completas las horas de lactancia, con independencia del convenio del trabajador o el acuerdo establecido con su empresa.

El permiso de lactancia es retribuido y puede ser solicitado por nacimiento, adopción o acogimiento de un menor hasta los 9 meses de edad. No obstante, si los dos progenitores o adoptantes se acogen a este derecho en la misma duración y régimen, se puede ampliar hasta los 12 meses, aunque a partir del décimo mes se reduce proporcionalmente el salario.

¿Cómo se calcula el permiso de lactancia?

En caso de acumular en jornadas completas el permiso de lactancia, la duración se calcula dividiendo el número total de días laborables que restan hasta el día en el que el menor cumple nueve meses por el número de horas correspondientes a la jornada laboral del trabajador. 

Por ejemplo, si una persona tiene una jornada laboral de 40 horas semanales (8 horas diarias), restan 3 meses para que su hijo cumpla los 9 meses, y el permiso de lactancia es de una hora al día, se calcularía así: 3 meses x 4 semanas = 12 semanas x 5 horas = 60 horas. Esas 60 horas se dividen entre los 8 horas de jornada laboral diaria, por lo que quedaría un total de 7,5 días de permiso. 

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