El Tribunal Superior de Justicia de Madrid no ha aceptado la querella del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra el juez Juan Carlos Peinado, quien se encarga de investigar el caso de su mujer por los presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.
El mismo Tribunal ha tildado esta querella de Sánchez de “especulativa” y la reduce a un “intento de tergiversar” la actuación del juez. Los magistrados han resuelto que la querella presentada por el presidente del Gobierno para apartar a Peinado de la investigación contra su mujer Begoña Gómez. Así mismo, razona que no existen indicios de que Peinado prevaricara con su actuación.
El Tribunal Superior de Justicia ha explicado en un auto publicado este viernes que: “A modo de conclusión, no puede dejar la Sala de pensar, dado el carácter especulativo en que se basa la querella y el prejuicio que destila la misma, que esta no obedece sino al intento de tergiversar el fin lícito que implica el tipo delictivo que se le imputa al querellado: perseguir conductas improcedentes de quien desempeña la función de juez”.
Este auto señala también que el juez Peinado cuenta con el voto particular del magistrado Jesús María Santos Vijande, quien, aunque muestra su “total conformidad” con el auto de la Sala, sino que habla de una “mala fe procesal” por parte del líder del PSOE. Jesús María Santos Vijande, destaca que existe una “patente intencionalidad” de la querella que se interpuso por parte de los servicios jurídicos del Gobierno. También señala que la forma en la que se argumenta la querella presentada por Pedro Sánchez contra Peinado resulta hasta “incriminatoria para el testigo”.
El TSJ critica la querella de Sánchez contra Juan Carlos Peinado
Pedro Sánchez interpuso la querella contra el juez que investiga el caso de su mujer, Begoña Gómez, escasos minutos después de que él prestase declaración ante Peinado en el Palacio de La Moncloa. En este escrito Sánchez acusó a Peinado de prevaricar al no permitirle declarar como testigo por escrito. El juez mantuvo hasta el final que la diligencia se practicaría en la residencia oficial del presidente del Gobierno porque se le citaba en su condición de marido de Begoña Gómez.
El TSJ ha destacado en el escrito que para probar la comisión del delito se necesita constatar un abuso de la función judicial; esto es, una intención por parte del instructor de “torcer el Derecho”.
El magistrado Jesús María Santos Vijande, quien defiende a Peinado, ha señalado que: “A la luz de lo que antecede resulta que en este caso las resoluciones pretendidamente prevaricadoras ni siquiera evidencian indicios de infracción legal, y mucho menos aún la torsión del Derecho”. Así mismo, ha alegado que: “No es verdad que lo único que hubiera podido el testigo sea lo conocido por razón de su cargo”.