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25 Nov 2024
25 Nov 2024
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Bárbara Rey evita entrar en prisión

Barbara Rey acepta una sentencia de conformidad para evitar la cárcel.

Bárbara Rey saliendo de la Audiencia Provincial de Madrid/Imagen de La Sexta.

Bárbara Rey ha pacta con Fiscalía una sentencia de conformidad tras el juicio celebrado ayer. Reconoció que cometió un delito de alzamiento de bienes en relación a varias operaciones financieras que buscaron eludir el pago de  143.902,24 euros a Hacienda, según informa EurpaPress.

Citada en la Audiencia Provincial.

La exvedette y su hija, acudió ayer a primera hora de la mañana a la sede de la Audiencia Provincial de Madrid para asistir a la vista oral, las partes venían con un acuerdo de conformidad alcanzado entre las partes y la fiscal del caso. Apenas duró cinco minutos en la sala de vistas, donde madre e hija se limitaron a reconocer los hechos. Su hijo, Ángel Cristo, en cambio, no acudió al encontrarse en el extranjero.

Fiscalía solicitaba tres años y seis meses de cárcel para la actriz y dos años y medio para sus hijos. Ahora, la pena se ha reducido a un año y ocho meses de cárcel y multa de 1.800 euros en el caso de la actriz tras alcanzar las partes un acuerdo de conformidad.

Finalidad de elusión de los pagos a la Agencia Tributaria.

El juicio se previa para junio del año pasado, pero se aplazó porque uno de los acusados se hallaba en paradero desconocido. Los hechos se remontan al 10 mayo de 2011 cuando la AEAT comenzó una labor de inspección a M. G. G. en relación al pago del IRPF de los periodos fiscales comprendidos entre los años 2006 y 2008.

En fecha de 16 de noviembre del 2012 se dictaron sendas actas por el IRPF. Una primera del año 2006 y la segunda, correspondiente al año 2007/2008, por cuantía de 135.031.21 euros y 131.568,98 euros, por cada ejercicio. Dichas actas fueron notificadas a la acusada el 12 de febrero del 2013 y el abono voluntario hasta el 20 de marzo de ese mismo año. De ahí que el 18 de julio se dictaran sendos acuerdos de imposición de sanciones administrativas en ambos expedientes, por importes de 51.496,62 euros y 60.675.47 euros, igualmente notificados a la acusada en fecha 8 de agosto de 2013.

Provocar aparente estado de insolvencia con operaciones financieras.

Cuando la acusada supo que la AEAT, la investigaba, «con ánimo de eludir dicha responsabilidad de pago y frustrar las legítimas expectativas de cobro de la AEAT», contactó con varios familiares y amigos para actuar en «connivencia» . La finalidad era realizar actos de disposición patrimonial «que tenían como objetivo la finalidad de generar la quiebra de las deudas contraídas , haciendo imposible el cobro de los mismos por sus legítimos titulares».

La Fiscalía detalla una serie de  trece operaciones en las que tomaron parte sus dos hijos, su hermana y otras personas con la finalidad. La finalidad es provocar una situación de falta de patrimonio por parte de la acusada «que imposibilitara satisfacer los créditos reclamados por la AEAT, al no ser habido bienes bastantes a tal fin por la situación de insolvencia creada por los acusados». A fecha de 19 de diciembre del 2017 existía un saldo de deuda pendiente de ingreso de 143.902,24 euros.

¿Qué es el delito de Alzamiento de Bienes?

Este delito viene regulado en los artículos 257 a 258 Ter del Código Penal, se trata de un delito relativo a los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.

El alzamiento de bienes implica una conducta que comete una persona que, habiendo contraído deudas, oculta o hace desaparecer todos o parte de sus bienes o patrimonio con la finalidad de frustrar las expectativas de derecho del acreedor a cobrar su deuda. Por ello alzarse, ‘’alzarse’ significa colocarse en situación de insolvencia, es decir, que el deudor disminuya o elimine bienes patrimoniales evitar responsabilidad a la que están sujetos.

En este caso, Bárbara Rey ha realizado distintas operaciones mercantiles enajenando bienes y activos a distintos familiares y amigos para insolventarse deliberadamente y así eludir las deudas con la AEAT.

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