Hércules

Registrarse

|

Search
Close this search box.
Search
Close this search box.

|

22 Nov 2024
22 Nov 2024
EN VIVO

A vueltas con los 15 minutos de cortesía

Novedades respecto a la conceptualización del tiempo efectivo de trabajo en las relaciones laborales.

La Sala 4º del TS confirma en sentencia que el tiempo de desayuno y el de fichaje de llegada (el cuál oscila entorno a 15 minutos tras la hora de inicio de jornada) se considerará tiempo efectivo de trabajo.
 

Estimación de los recursos de casación interpuestos por los sindicatos.

El Alto Tribunal estima los recursos interpuestos por los sindicatos (CCOO, UGT y SECB) contra sentencia de la Audiencia Nacional referente a los trabajadores de Caixabank con horario rígido. La resolución señala que debe considerarse tiempo de trabajo efectivo el de ‘marcaje’ que se efectúa 15 minutos posteriores a la hora pactada de inicio de la jornada. Todo para quienes tengan control rígido de horario y no sean empleados con categoría de jefe o asimilado. 

Asimismo, la sentencia desestima el recurso empresarial. Se conserva el derecho a que el tiempo de desayuno sea contabilizado como tiempo incluido en la jornada laboral. También por así desprenderse de Acuerdos previos a la implantación del nuevo sistema de registro de jornada. 

Necesidad de instaurar guías respecto del tiempo efectivo de trabajo.

El Supremo recuerda que en otra sentencia del pasado año. Que ya había recomendado las empresas implementasen una guía para que los trabajadores conocieran las pautas necesarias para saber en cada momento como debe activar cada una de las funciones y opciones en la herramienta de registro de jornada.

En este caso Caixabank tenía su propia guía y concebía el registro de jornada como un fiel reflejo de la realidad. De manera que, ya no era posible que los minutos posteriores a la hora de entrada fueran considerados como efectivamente trabajados.

Sin embargo, el Tribunal Supremo concluye que quien llega a su trabajo durante los 15 minutos posteriores a la hora de inicio de la jornada tiene derecho a que su fichaje se considere puntual. A tal conclusión llega tras recordar que el sistema de registro de jornada no puede introducir cambios en las condiciones de trabajo o desoír cualesquiera derechos y a la vista de que acuerdo de empresa fechado 1991 contiene.

Comparte la nota

Deja un comentario

Noticias relacionadas

Confirmada sentencia del TSJ de 6 y medio de prisión a varios agentes de la policía local de Badajoz

El TSJ de Extremadura confirma la condena a 6 años y medio de prisión a...
Labores de limpieza en una calle de Benetússer. / Europa Press

Un juzgado abre diligencias contra la Aemet y la CHJ por una denuncia de Manos Limpias

Los delitos denunciados por Manos Limpias en sus querellas atribuyen presuntos delitos de homicidio imprudente,...
No hay más noticias
Scroll al inicio

Secciones

Secciones