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23 Nov 2024
23 Nov 2024
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El TS tumba la querella de Begoña Gómez contra Peinado

Peinado habría filtrado información a las acusaciones populares, entre ellas Manos Limpias, Hazte Oír, Vox y el Movimiento de Regeneración Política de España
Begoña

El TSJM, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha desestimado la querella de la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, contra el juez Juan Carlos Peinado. Esta sería la tercera querella que se inadmite contra el instructor del caso Begoña Gómez.

En esta última querella, la mujer de Sánchez acusaba al juez de caso que le investiga por presuntamente haber incurrido en los presuntos delitos de revelación de actuaciones procesales declaradas secretas, prevaricación judicial y revelación de secretos por parte de un funcionario público.

La querella también señala al servicio de prensa del TSJM por haber informado a los medios sobre detalles clave del caso, como la identidad del denunciante, los delitos investigados y las personas involucradas. Camacho sugiere que estos datos habrían sido facilitados directamente por el juez Peinado, quien, según la defensa, debió haber autorizado la divulgación de esa información.

Begoña Gómez pierde de nuevo contra el juez Peinado

Esta querella acusaba al juez Peinado de haber tomado una serie de decisiones que consideraban arbitrarias y manifiestamente injustas en este proceso judicial, lo que podría constituir un delito continuado de prevaricación. Según el abogado de Begoña Gómez, estas acciones llevadas a cabo por el juez podrían evidenciar una instrucción errática y perversa, orientada a construir una “causa general” contra Begoña Gómez, lo que estaría expresamente prohibido por el ordenamiento jurídico español.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid señala:  “Nada se analiza en la resolución transcrita en relación con las filtraciones no atribuidas al querellado”. Y prosigue: “Se atribuyen al magistrado querellado o al menos respecto de los que la querellante no formula más que meras sospechas o conjeturas, por lo que no pueden servir para admitir la querella tal como se pretende a información difundida por los querellados se refirió a la existencia e hitos generales del procedimiento”.

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